La Comisión de Protección al Consumidor de Lima Sur N° 3 de Indecopi sancionó al Banco Internacional del Perú S.A.A. (Interbank) por irregularidades en su Libro de Reclamaciones. Según la entidad, las hojas de reclamación carecían de la información mínima exigida por la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, lo que derivó en una multa de 3,3 UIT, equivalente a S/ 16.995.
Esta resolución fue ratificada el 31 de octubre de 2024, reforzando la obligación de las empresas financieras de respetar las normativas de protección al consumidor.
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La Comisión de Protección al Consumidor de Lima Sur N° 3 de Indecopi impuso una sanción al Banco Internacional del Perú S.A.A. (Interbank) tras constatar irregularidades en su Libro de Reclamaciones. Según la resolución, se verificó que las hojas de reclamación no contenían la información mínima requerida por la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Este incumplimiento resultó en una multa de 3,3 UIT, equivalente a S/ 16.995.
“Se confirma la resolución venida en grado que halló responsable al Banco Internacional del Perú S.A.A. Interbank, al probarse que en sus hojas de reclamación de su Libro de Reclamaciones no contaban con toda la información que como mínimo debería consignarse”, se menciona en la sumilla.
Resolución venida en grado que halló responsable al Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank. Foto: Indecopi.
La decisión, ratificada el 31 de octubre de 2024 por la Sala Especializada de Indecopi, subrayó la obligación de las entidades financieras de cumplir estrictamente con la normativa de protección al consumidor. Aunque Interbank presentó argumentos en su defensa, la autoridad concluyó que no se respetaron las disposiciones legales, por lo que se advirtió al banco que podrían aplicarse medidas adicionales si la multa no es cancelada.
“Por Resolución 0078-2023/CC3 del 31 de octubre de 2023, la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 3 (en adelante, la Comisión) decidió sancionar al Banco con una 3,3 UIT, al probarse que el formato de la Hoja de Reclamación de su Libro de Reclamación, que entregaba de forma presencial, no contaba con toda la información que como mínimo debe consignarse en ellas. Asimismo, dispuso su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi (en adelante, RIS)”, se indica en el documento.
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Un día antes de la resolución, el 30 de octubre de 2024, Interbank notificó un acceso no autorizado a los datos de algunos usuarios. La entidad aseguró que los fondos y productos financieros de los clientes permanecen protegidos, al tiempo que reforzó sus medidas de seguridad para prevenir nuevos incidentes.
En un comunicado, Interbank explicó que el incidente fue gestionado mediante protocolos adicionales y un monitoreo intensivo de las operaciones. La entidad garantizó la continuidad de sus servicios con normalidad y reiteró su compromiso con la seguridad de los datos y la confianza de sus usuarios.
Tras detectar el acceso no autorizado, Interbank informó medidas de emergencia, reforzó los sistemas de protección y estableció una vigilancia constante de sus operaciones. La entidad confirmó que, aunque algunos datos de un grupo de clientes fueron expuestos, los depósitos y productos financieros no se vieron comprometidos.“Hemos identificado que algunos datos de un grupo de clientes han sido expuestos por un tercero sin nuestra autorización”, indicó la institución bancaria.