Cargando...
Economía

Aguinaldo por Fiestas Patrias: Gobierno oficializa pago de S/300 para trabajadores del sector público

Los trabajadores del sector público recibirán el aguinaldo por Fiestas Patrias en la planilla de pagos de julio. A continuación, conoce a quiénes les corresponde este beneficio y cuáles son los requisitos para cobrarlo.

larepublica.pe
El aguinaldo por Fiestas Patrias de S/300 le corresponde a los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública. Foto: composición LR/GLR

El Gobierno de Dina Boluarte oficializó el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias que se hará efectivo en la planilla de julio de los trabajadores del sector público. A través del Decreto Supremo N° 124-2024-EF, publicado en el diario oficial El Peruano, se autorizó el otorgamiento de este beneficio, cuyo monto asciende a S/300.

De igual forma, el dispositivo legal del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) establece que el aguinaldo no se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Recordemos que este ingreso adicional está contemplado en la ley del presupuesto público para el año fiscal 2024.

Aguinaldo por Fiestas Patrias : ¿quiénes lo recibirán?

Ya es oficial. El gobierno peruano publicó el Decreto Supremo N° 124-2024-EF, mediante el cual autoriza el pago del aguinaldo de S/300 para los trabajadores del sector público, que se realizará por única vez en la planilla de julio, con motivo de Fiestas Patrias.

La norma firmada por la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Economía, José Arista, señala que este dinero extra se depositará a los siguientes beneficiarios:

  • Funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276, la ley N.º 2944 y la ley N.º 30512.
  • Docentes universitarios de la Ley n.º 30220.
  • Personal de salud del Decreto Legislativo N.º 1153; los obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas comprendidos en los regímenes de las Leyes n.º 15117 y 28091, en el Decreto Supremo N.º 051-88-PCM, así como los Decretos Leyes n.º 19846 y 20530.
  • Los trabajadores contratados bajo el régimen laboral CAS (Decreto Legislativo N.º 1057).

Según versa el Decreto Supremo, el aguinaldo de S/300 se fijó conforme al artículo 7 de la Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados en la partida institucional de las entidades públicas.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el aguinaldo de S/300? 

Según el artículo 2 del dispositivo legal del Ministerio de Economía, los trabajadores del Estado deberán cumplir estos requisitos para recibir el aguinaldo por Fiestas Patrias:

  • Haber estado laborando al 30 de junio del 2024, o en uso de su descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios que indica la ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio de este año. Si no cumple con el tiempo indicado, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Aguinaldo por Fiestas Patrias: ¿quiénes reciben S/100?

Conforme lo establece el artículo 9 del Decreto Supremo N° 124-2024-EF, los internos de Medicina Humana y de Odontología recibirán un aguinaldo de S/100, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N.º 016-2020, el cual no se encuentra afecto a cargas sociales.

En el caso del Magisterio Nacional, el pago del aguinaldo se calcula de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgando a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor a lo señalado en el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

¿Cuáles son las fechas de pago del aguinaldo 2024?

El depósito de este beneficio económico a los trabajadores y pensionistas del sector público estará incluido en la planilla de pagos de julio. A continuación, conoce las fechas establecidas por el Banco de la Nación:

Jueves 18 de julio

  1. Presidencia del Consejo de Ministros
  2. Poder Judicial
  3. Ministerio de Justicia
  4. Ministerio de Relaciones Exteriores
  5. Ministerio de Economía y Finanzas
  6. Universidades públicas
  7. Contraloría General de la República
  8. Defensoría del Pueblo
  9. Junta Nacional de Justicia
  10. Ministerio Público
  11. Tribunal Constitucional
  12. Congreso de la República
  13. Jurado Nacional de Elecciones
  14. Oficina Nacional de Procesos Electorales
  15. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
  16. Gobiernos regionales: unidades ejecutoras de agricultura.

Viernes 19 de julio

  • Ministerio de Educación (UGEL 01, 03 y 07) y Gobiernos regionales (unidades ejecutoras de educación, excepto de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno).

Lunes 22 de julio

  1. Ministerio de Cultura.
  2. Ministerio de Educación: menos UGEL 01, 03, 07
  3. Gobiernos Regionales: unidades ejecutoras de educación de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno.

Miércoles 24 de julio

  1. Ministerio del Ambiente
  2. Ministerio de Salud
  3. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
  4. Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
  5. Ministerio de Energía y Minas
  6. Ministerio de Defensa
  7. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
  8. Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  9. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
  10. Ministerio de la Producción
  11. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
  12. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
  13. Gobiernos regionales: todas las unidades ejecutoras, excepto las de educación y agricultura.

Jueves 25 de julio

  • Ministerio del Interior.