La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que preside el congresista Pasión Dávila, aprobó hace algunas semanas un dictamen que busca armonizar los derechos laborales de los trabajadores en el régimen CAS. Esta propuesta legislativa pretende otorgar más beneficios a los empleados estatales que laboran bajo esta modalidad, como el pago de gratificaciones, CTS, bonificación por escolaridad, entre otros.
Para que este dictamen sea derivado al Pleno, tendrá que discutirse primero en la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República. Posteriormente, el Consejo Directivo decidirá si se agenda en la próxima sesión de la máxima asamblea legislativa. El Parlamento finalizó el último sábado 15 de junio su legislatura correspondiente al periodo 2023-2024.
Con 10 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención, la Comisión de Trabajo que preside Pasión Dávila aprobó el último martes 4 de junio el dictamen que busca reconocer como régimen laboral al Decreto Legislativo 1057 (CAS) y que delega al Poder Ejecutivo la armonización de derechos laborales de sus trabajadores.
Bajo los alcances de esta propuesta legislativa, los empleados que laboran bajo la modalidad CAS, podrían acceder a los siguientes derechos:
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Además, las disposiciones comprendidas en esta norma deberán ser aplicadas por todas las instituciones del Estado en los tres niveles de gobierno: Poder Ejecutivo, gobiernos regionales, municipalidades provinciales y distritales, Poder Judicial, Poder Legislativo, organismos autónomos, entidades adscritas y demás organismos, proyectos especiales y programas estatales.
Finalmente, el Poder Ejecutivo será el encargado de implementar de forma progresiva el reconocimiento de estos nuevos derechos en favor de los trabajadores CAS. "Las entidades referidas en el artlculo 2 quedan autorizadas para introducir las modificaciones presupuestales necesarias para el cumplimiento de la norma. Los titulares de cada sector deben sustentar su pedido presupuestal a su cargo", señala el artículo 5 del referido dictamen.
A pesar de la opinión contraria del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Comisión de Trabajo aprobó el pasado 4 de junio el dictamen que plantea otorgarle el reconocimiento de derechos a los trabajadores sujetos al régimen CAS. De acuerdo con el MEF, esta norma "generaria mayores asignaciones presupuestarias a las respectivas entidades públicas, con el consecuente incremento de recursos al Tesoro Público".
Sin embargo, para el parlamentario Jaime Quito, dicha propuesta "reconoce la igualdad de derechos y beneficios sociales para los trabajadores CAS". En ese sentido, el legislador no agrupado considera que "es una medida impostergable y que a ellos se les debe garantizar los mismos "derechos que tienen los trabajadores estatales de los regímenes 728 y 276".
Si bien la norma fue aprobada en la Comisión de Trabajo, el tema aún debe ser dictaminado por la Comisión de Presupuesto. Una vez que estén aptos ambos textos, podrán ser derivados al Consejo Directivo, quien decidirá si se agenda en el Pleno, el cual retomará labores en el inicio de la legislatura programado para julio.
"El 27 de abril expuse el proyecto en la Audiencia Descentralizada de la Comisión de Presupuesto, varios congresistas se mostraron a favor, así que pediremos que se apruebe iniciando la siguiente legislatura", sostuvo Quito.
De acuerdo a la página web oficial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el CAS es un contrato laboral especial aplicado únicamente en el sector público, y se celebra entre una persona natural y el Estado. No está bajo el régimen de la carrera pública (Decreto Legislativo N.º 276) ni del régimen de la actividad privada (N.º 728), sino bajo el Decreto Legislativo N.º 1057 y la Ley N.° 29849. Esta modalidad se creó el 29 de junio del 2008.
Las tres formas de postular a las convocatorias de trabajo del Estado peruano pueden ser presencialmente, virtualmente en su portal o a través de correo electrónico.
Según la Ley de Gratificaciones (Ley N° 27735), todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, incluyendo aquellos que laboran a medio tiempo, tienen derecho a gratificaciones en julio y diciembre.