¡Atención usuaria o usuario de Rappi! La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi ha emitido un comunicado en el que señala que la empresa de delivery Rappi S.A.C ha sido encontrada en vulneración de los derechos de los consumidores al establecer de forma automática la entrega de propinas.
Esta práctica, considerada abusiva por parte de la empresa, ha generado controversia entre los miles de usuarios de la plataforma, quienes se han visto afectados por esta imposición. La SPC ha instado a Rappi a corregir esta situación y a respetar los derechos de los consumidores, garantizando una transacción justa y transparente para todas las partes involucradas.
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Mediante la Resolución 1235-2024/SPC-INDECOPI publicada este 6 de mayo de 2024, la Sala de Protección al Consumidor (SPC) argumentó que la conducta descrita calificaba como un método comercial coercitivo, al obligar al consumidor a asumir una prestación no pactada, lo cual constituye una infracción según el artículo 56°.1 literal b) del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Asimismo, la resolución señala que la preselección de un monto por concepto de propina en la aplicación Rappi limitaba la posibilidad del consumidor de elegir libremente si deseaba brindar o no la propina.
En esa línea, esta medida confirmó la responsabilidad administrativa de parte de la reconocida empresa de delivery contenida en la Resolución 0043-2023/CC3 del 20 de junio de 2023, la cual fue emitida en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, la cual inicialmente fue apelada por la empresa. Este tipo de prácticas vulneran los derechos del consumidor al restringir su libertad de elección y afectar su capacidad de decisión en el proceso de compra.
Se estima que en el Perú existe un promedio de 30.000 repartidores de Rappi. Foto: Andina
Según lo establecido por el Indecopi, el Código de Protección y Defensa del Consumidor señala que los establecimientos comerciales que apliquen un recargo por el uso de tarjetas de crédito están obligados a informar a los consumidores de manera inmediata al ingresar al local.
Esta medida busca garantizar la transparencia en las transacciones comerciales y proteger los derechos de los consumidores, quienes deben ser debidamente informados sobre cualquier cargo adicional que puedan incurrir al realizar sus compras con tarjeta de crédito. Es fundamental que los comercios cumplan con esta disposición para evitar posibles conflictos con los clientes y promover una relación de confianza y respeto en el ámbito comercial, además, de la multa que podría llegar hasta S/2 millones 70,000 (450 UIT).
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868 y está adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), contando con personería jurídica de derecho público. Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores.