Con el objetivo de garantizar el derecho de los usuarios a la protección de sus datos personales en posesión de las centrales privadas de información de riesgos y las aplicaciones móviles de billeteras digitales, el congresista Jose Luna presentó una iniciativa de ley para regular el tratamiento de la data que estas entidades administran.
Según la exposición de motivos del proyecto N° 7919, "se espera que su implementación contribuya a fortalecer la confianza de los ciudadanos en el uso de los servicios financieros y las apps de pagos por internet" como Yape, Plin, Tunki, entre otras. Dicha propuesta deberá ser analizada y estudiada en las comisiones de Economía y Defensa del Consumidor durante sus sesiones ordinarias.
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En nuestro país existen más de 27 millones de usuarios de las populares billeteras digitales como Yape, Plin, Tunki y otras, según datos de las referidas instituciones. Sin embargo, la delincuencia utiliza estos medios de pago para realizar actividades fraudulentas como el phishing, la suplantación de identidad o la manipulación de transacciones.
Frente a esta problemática descrita en su proyecto de ley N° 7919, que fue presentado el último miércoles 22 de mayo, el congresista José Luna plantea regular el tratamiento de la información que disponen las centrales privadas de riesgo y las billeteras digitales con el propósito de garantizar la protección de sus datos personales y preservar su privacidad.
"Se debe dictar medidas de seguridad técnicas y administrativas para evitar el acceso no autorizado de esta información que brindan estas empresas y proteger la confidencialidad de esta información", enfatizó el parlamentario de Podemos.
Según el artículo 4 de su propuesta, estas centrales de riesgo tienen como obligación incluir protocolos para salvaguardar el uso de la data que administran, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y con la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
De igual forma, las entidades financieras que cuentan con el servicio de aplicativos móviles de billeteras digitales están prohibidas de brindar información que afecte el tratamiento de estos datos personales y sensibles de sus usuarios cuando estos realicen compras en línea, transferencias de dinero, pagos de servicios u otras operaciones.
Finalmente, el artículo 6 del proyecto de ley indica que estas instituciones "están obligadas a incluir en sus protocolos de servicios y transacciones financieras que se realicen con las billeteras digitales, códigos alfanuméricos a fin de que no se vulneren los datos sensibles de los consumidores".
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Según la única disposición complementaria final del proyecto de ley presentado por el congresista José Luna, el Poder Ejecutivo, en coordinación con la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, se encargará de aprobar el reglamento de esta norma en una plazo no mayor de noventa días a partir de su entrada en vigencia.
Además, se establece una modificación del númeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, referida a la defición del término "datos sensibles", que ahora estará escrito de la siguiente forma: "Datos sensibles. Datos personales constituidos por los datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular; documento nacional de identidad, dirección domiciliaria, centro de labores, número de teléfono fijo o móvil, datos referidos al origen racial y étnico; ingresos económicos, opiniones o convicciones políticas, religiosas, filosóficas o morales; afiliación sindical; e información relacionada a la salud o a la vida sexual.
Al respecto, el parlamentario de Podemos explicó que la información que incluye cada usuario en sus compras es compartida a terceros e incluso podría ser comercializada. "Sin medidas de seguridad y de control, esa información convierte al usuario de la billetera digital en una potencial víctima de la delincuencia. Estas disposiciones no significan un alto costo para las empresas financieras, pero sí asumirán la responsabilidad en la protección de la información de sus usuarios", sentenció.