A través de resoluciones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) disolvió cinco cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (Coopac). Las medidas, publicadas el último 27 de mayo mediante el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se sustentan en las funciones de la SBS de regular y supervisar la actividad de los entes del sistema financiero, lo cual se encuentra estipulado en la Ley N.° 30822, también conocida como Ley Coopac.
Tras la disposición, las entidades sujetas a la disposición de la SBS son las siguientes: Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Ánimas de Canchuillca, Cooperativa de Ahorro y Crédito Niño Jesús de Pacucha, Cooperativa de Ahorro y Crédito Yayantsi, Cooperativa de Ahorro y Crédito Santo Domingo del Sur Ltda. y Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediconfianza.
El motivo por el que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP tomó la decisión de disolver 5 cooperativas de ahorro y crédito corresponde a que las entidades estaban inmersas en el causal de inactividad, conforme a los detalles explicados en las respectivas resoluciones. Por tal razón, las afectadas quedaron excluidas del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito no Autorizado a Captar Recursos del Público.
Según lo estipulado en las resoluciones de la SBS, las Coopac registraron pérdidas financieras, pues no presentaron oportunamente sus estados financieros.
Con respecto a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Señor de Ánimas de Chanchuillca, ubicada en Chalhuanca, Aymaraes; Crediconfianza y Coopac Santo Domingo del Sur Ltda, no reportaron sus estados de cuentas para los periodos correspondientes entre diciembre de 2023 y marzo de 2024.
De igual manera, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Yayantsi y la Coopac Niño Jesús de Pacucha no mostraron su balance financiero de septiembre del 2023 a marzo del 2024.
Tras la publicación de las resoluciones en el diario oficial El Peruano, queda prohibido que se inicien las siguientes acciones:
Hasta el término de la disolución de las Coopac, la SBS estableció que las entidades afectadas sean dirigidas por administraciones temporales para que asuman su representación. A continuación, el detalle de quiénes quedaron a cargo.