¡Atención! Nuestro país se encuentra en estado de alerta por la intensa ola de calor de este verano 2024. Según el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), nuestra capital viene registrando una mayor sensación térmica y alcanzará valores de hasta 38 °C que se percibirán hasta el jueves 22 de febrero en algunos distritos de Lima Norte y Lima Este.
Sin lugar a dudas, los trabajadores que realizan sus actividades bajo el sol son los más afectados e incluso aquellos que laboran en ambientes cerrados están expuestos a diversas situaciones que pueden perjudicar su salud y rendimiento. Para explicar las medidas laborales que pueden aplicar las empresas ante este golpe de calor, La República conversó con Jaime Zegarra, abogado laboralista asociado al estudio Dentons.
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Para el abogado laboralista Jaime Zegarra, es fundamental que las medidas en materia de seguridad y salud en el trabajo a implementar para contrarrestar los impactos de la ola de calor en nuestro país se realicen a partir de la identificación de los riesgos de cada actividad y puesto laboral. Como resultado de esta evaluación, el empleador está legalmente obligado a tomar las medidas preventivas que pueden ser las siguientes:
Si un trabajador identifica una situación de riesgo que afecta su salud debido a las altas temperaturas en nuestro país, lo primero que tiene que hacer es informar al empleador de esta situación, quien deberá confirmar si la ola de calor pone en peligro la ejecución de sus labores. De confirmarse este hecho, "es obligatorio que el empleador modifique el puesto de trabajo para evitar esta exposición", indica el abogado Jaime Zegarra.
"No es necesario que el trabajador decida por motu propio abandonar su puesto. Primero, tiene que informar al empleador, quien está obligado a implementar las medidas preventivas correspondientes. Si no las tomase, el trabajador tiene la posibilidad de solicitar ante Sunafil el cese del acto de hostilidad y que se establezcan las medidas para resguardar su salud bajo apercibimiento de infracciones legales como multas o el pago de indemnización en casos de despido arbitrario", refirió.
Dentro del reglamento laboral, el trabajador no tiene la potestad de irse por motu propio sin que ello pueda ser considerado una falta. Sin embargo, según considera Zegarra, podría recurrir a presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para que dicha entidad verifique sus condiciones de trabajo y solicite la documentación respectiva con el objetivo de comprobar la existencia de un incumplimiento.
Con el propósito de reducir los riesgos de daños a la salud por el golpe de calor que azota nuestro país, el Ministerio de Salud establece las siguientes recomendaciones a los servicios de seguridad y salud de los centros laborales y los trabajadores: