De acuerdo con la Sunat, las personas naturales tienen que presentar su declaración jurada anual de renta del 2023 desde el 13 de mayo del corriente, a través del formulario virtual 709.
Según la resolución de superintendencia N° 000026-2024/SUNAT, publicada en El Peruano, se precisa también que la información del archivo personalizado de las personas naturales sobre las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF —que la Sunat pone a disposición de los contribuyentes para facilitar y simplificar la declaración— estará actualizada, de manera excepcional, hasta el 30 de abril del presente año.
Dichos plazos toman en consideración lo establecido por la Ley N° 31940, que amplía el tiempo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de las personas naturales, cuyos vencimientos van desde el 27 de mayo al 11 de junio, guiándose del último dígito del RUC.
De acuerdo con el ente recaudaron, en estos casos se deberá presentar la declaración jurada anual de renta: