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Economía

Qué son y cuánto duran las 16 licencias remuneradas vigentes en 2024

Revisa las licencias laborales remuneradas y vigentes para este 2024. Además, te detallamos cuánto tiempo de descanso tienes por cada una.

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La trabajadora gestante puede descansar 49 días antes del parto y 49 después del mismo. Foto: composición LR/Andina

Todo trabajador no está libre de experimentar una emergencia personal, enfermedad o alguna circunstancia que no le permita realizar su trabajo de manera normal. Por ello, es imprescindible que se encuentre al tanto de las licencias laborales vigentes este 2024, todas estas garantizan que el empleado siga recibiendo su remuneración en el trabajo

A continuación, te detallamos cuáles son y el período que se otorga por cada licencia laboral, de acuerdo con información compartida por la abogada laboralista Kelly Sarmiento. Estas son salvavidas para tu bienestar y equilibrio entre tu vida laboral y personal.

 ¿Qué es una licencia laboral remunerada?

Las licencias laborales permiten ausentarse temporalmente del trabajo por motivos específicos, ya sea por salud, asuntos familiares o personales, sin perder la compensación económica. Este derecho respalda la calidad de vida de los empleados al brindarles la tranquilidad necesaria para enfrentar diversas situaciones sin sacrificar su estabilidad financiera.

Estas son las 16 licencias laborales remuneradas vigentes este 2024

  1. Licencia de maternidad: 98 días (49 días prenatal y 49 posnatal).
  2. Licencia de paternidad: 10 días que se pueden ampliar a 20 en caso de nacimientos prematuros o múltiples.
  3. Fallecimiento: 5 días por pérdida de un familiar directo, pero con posibilidad a extensión.
  4. Enfermedad grave o accidente grave de familiares directos: 7 días de descanso. 
  5. Asistencia médica y terapia de rehabilitación de personas con discapacidad: 56 horas al año.
  6. Lactancia: una hora por día, puede extenderse a 2 en caso de parto múltiple.
  7. Sindical: licencia de 30 días asumidos por la empresa.
  8. Por adopción: 30 días de descanso. 
  9. 𝖠𝗌𝗂𝗌𝗍𝖾𝗇𝖼𝗂𝖺 𝗆𝖾́𝖽𝗂𝖼𝖺 𝗒 𝗍𝖾𝗋𝖺𝗉𝗂𝖺 𝖽𝖾 𝗋𝖾𝗁𝖺𝖻𝗂𝗅𝗂𝗍𝖺𝖼𝗂𝗈́𝗇 𝖽𝖾 𝗉𝖾𝗋𝗌𝗈𝗇𝖺𝗌 𝖼𝗈𝗇 𝖽𝗂𝗌𝖼𝖺𝗉𝖺𝖼𝗂𝖽𝖺𝖽: 56 horas consecutivas o alternas al año. 
  10. Para realizarse exámenes oncológicos preventivos: 1-2 días.
  11. 𝖯𝖺𝗋𝖺 𝖾𝗑𝖺𝗆𝖾𝗇 𝖽𝖾 𝖽𝖾𝗍𝖾𝖼𝖼𝗂𝗈́𝗇 𝗍𝖾𝗆𝗉𝗋𝖺𝗇𝖺 𝖽𝖾 𝖼𝖺́𝗇𝖼𝖾𝗋 𝖽𝖾 𝗆𝖺𝗆𝖺 𝗒 𝖼𝗎𝖾𝗅𝗅𝗈 𝗎𝗍𝖾𝗋𝗂𝗇𝗈: 1 al año.
  12. Tratamiento de tuberculosis: una hora de permiso.
  13. 𝖣𝖾 familiar 𝖼𝗈𝗇 alzhéimer: 1 día al año.
  14. Bomberos voluntarios: por el tiempo de funciones.
  15. Miembros del comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo: 30 días naturales por año.
  16. Representar al Perú en eventos oficiales: facilidades otorgadas mientras dure la representación en actos nacionales o internacionales. 
  17. Por actos de violencia: 5 días por un lapso de 30 días o más de 15 días en un periodo de 180 días calendarios.