El Gobierno oficializó el reinicio del proceso de devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) tras la publicación del reglamento Decreto Supremo N. °280-2023-EF, lanzado este jueves 14 en El Peruano.
Con esto, la Comisión Ad Hoc tiene la autorización para reembolsar a los fonavistas que hayan podido demostrar sus contribuciones en dinero, así como a quienes hasta la fecha solo se les haya podido reconocer periodos de aportación.
El monto de estos reembolsos, que se realizarán mediante el Banco de la Nación, se obtienen de una fórmula de distribución conformada por la totalidad de las contribuciones efectivamente recaudadas para el Fonavi de los trabajadores dependientes e independientes, actualizada con la tasa de interés legal efectiva.
La Presidencia del Consejo de Ministros informó, a través de un comunicado, que el reinicio de la devolución de los aportes será el jueves 21 de diciembre para más de 60.000 personas del grupo n° 20, según la programación que se tiene.
"El monto a devolver supera los 160 millones de soles. La devolución se realizará, exclusivamente, a través del Banco de la Nación, en todas sus sucursales a nivel nacional para quienes estén considerados en el grupo n°. 20", se lee en comunicado.
En consecuencia, la determinación del cálculo del aporte es el resultado de la multiplicación de la diferencia entre el fondo a devolver y el fondo de contingencia, por el porcentaje ponderado del tramo, dividido entre los periodos aportados acreditados por tramo.
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La devolución de los fondos a los beneficiarios del Fonavi se lleva a cabo a través de las sucursales del Banco de la Nación en todo el país. Para realizar este proceso, los fonavistas deberán completar la documentación requerida.
El reembolso se realiza utilizando los métodos proporcionados por el banco, incluyendo la opción de abono en cuenta. De manera excepcional, el Banco de la Nación tiene autorización para compartir la información (número de cuenta de ahorros o Cuenta Documento Nacional de Identidad - Cuenta DNI) con la Secretaría Técnica, exclusivamente con el propósito de facilitar esta modalidad de pago, sin que esto se considere una violación al secreto bancario de los beneficiarios del Fonavi.
El Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios se elabora con base en aquellos fonavistas que, después de pasar por el proceso de verificación descrito en el artículo 28, tengan una cuenta individual correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 31.
Foto: Archivo LR
Si quieres conocer si estás inscrito o no en la lista de devolución de aportes del Fonavi, sigue estos pasos: