Se acerca el feriado 30 de agosto, fecha en que se conmemora el Día de Santa Rosa de Lima. Por ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recuerda a los empleadores del régimen privado que deben efectuar un pago triple a quienes trabajen dicho día.
Este pago debe realizarse siempre y cuando los trabajadores no gocen del día de descanso en compensación por el día trabajado.
Las tres remuneraciones están basadas en una remuneración por el día feriado, una remuneración por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100%. En ese sentido, si por un día laborado el empleado recibe S/50, al final del mes deberá recibir S/100 adicionales, dado que la primera remuneración diaria ya se encuentra incluida en su sueldo mensual.
Los trabajadores que están en la modalidad de teletrabajo también tienen derecho a acordar con su empleador un día de descanso sustitutorio o un pago triple por el trabajo en día feriado.
El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados es considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.
Las multas son las siguientes: si es una microempresa, la multa oscila entre S/1.138,50 y S/3.366,00. Si se trata de una pequeña empresa, la multa se establece entre S/3.811,50 y S/37.867,50. Y si no es una pyme, la multa se considerará entre S/13.018,50 y S/260.023,50.
Los trabajadores que detecten que su empleador no ha cumplido con el triple pago o con otorgar un día de descanso, pueden acudir a la Sunafil o formular denuncias virtuales ingresando a la página web: www.gob.pe/sunafil.
Una vez dentro del portal institucional, deberán ubicar la pestaña "Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada". En caso de que deseen hacer consultas, pueden llamar al 01-3902800 (opción 1) o a la línea gratuita 0800-16872.