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Economía

Aguinaldo por Navidad: ¿de cuánto será el aumento para sector público que anunció Dina Boluarte?

La presidenta Dina Boluarte dio a conocer que el Ejecutivo incrementará el monto en diciembre. Revisa a quiénes corresponde este pago y cuándo se hará efectivo.

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Los empleados deben haber prestado servicios hacia el 30 de noviembre para cobrar el aguinaldo. Foto: Andina/composición LR

La presidenta Dina Boluarte indicó este domingo 18 de diciembre que se incrementará el monto de aguinaldo que se entrega a los trabajadores del Estado. Este pago con motivo de Navidad inicialmente se ubicaba en S/ 300.

Los trabajadores estatales deben cumplir dos requisitos para acceder al aguinaldo: haber prestado servicios hacia el 30 de noviembre de 2022 y contar con una antigüedad laboral no menor de tres meses hacia el 30 de noviembre.

¿De cuánto es el aumento del aguinaldo en diciembre?

Dina Boluarte confirmó que el aguinaldo de diciembre este 2022 será de S/ 500. “Para que, por lo menos, esta Navidad pasen bien mis hermanos y hermanas vamos a dar un aguinaldo más de los S/ 300 que se daba toda la vida, de S/ 500 será el aguinaldo a los que están en planilla (del Estado) y reciben su aguinaldo cada Navidad”, señaló en “Punto final”.

¿Cuándo se paga el aguinaldo de Navidad?

De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 283-2022-EF, el aguinaldo de Navidad se abonará por única vez junto con la planilla de pagos de diciembre. Este depende del cronograma de pagos que establece el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), explicó a La República el abogado laboralista Ricardo Herrera.

También se prevé un procedimiento en caso de que este pago se haya efectuado antes del anuncio de Boluarte. “Suele ocurrir —aunque no es necesario— que el aguinaldo se paga antes de la quincena. De modo tal, que si ya se pagó y la presidenta dijo que subirá de S/ 300 a S/ 500, habría que pagar un reintegro de S/ 200″, sostuvo Herrera.

¿A quiénes corresponde cobrar el aguinaldo en diciembre 2022?

El MEF precisó que el pago de aguinaldo corresponde a trabajadores del Estado, así como personal de salud, docentes universitarios, entre otros:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del DL N.º 276, Ley N.º 29944 y Ley N.º 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N.º 30220.
  • Personal de salud dentro del Decreto Legislativo N.º 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y Policía.
  • Para el magisterio, el aguinaldo se calcula de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N.º 29944.