En la mayoría de casos, los clientes que adquieren una tarjeta de crédito deben pagar también un costo por los servicios y beneficios que otorga la tarjeta. A este monto se le conoce como la membresía.
Asimismo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó en el 2020, mediante la Resolución SBS N° 1870-2020, cambios en el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero.
Por lo que, de acuerdo a la ley, las entidades financieras deben contar como mínimo con una tarjeta que no cobre comisión de membresía y que permita el acceso a las redes e infraestructura de pagos sin cobrar comisiones.
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La membresía de una tarjeta de crédito es el cobro que realizan las entidades financieras, como bancos o cajas, cada 12 meses (anual) a las personas o empresas por cubrir beneficios como descuentos o la administración de programas de recompensa como puntos o millas.
Por su parte, las comisiones son cargos por servicios adicionales o complementarios a las operaciones contratadas con los usuarios, prestados por las entidades financieras.
Hasta la fecha, estas son las entidades que no cobran pagos por la tarjeta de crédito.
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La exoneración de las membresías depende de las ofertas que tenga cada banco. De esta forma, los nuevos usuarios que adquieran alguna tarjeta de crédito deben saber qué beneficios trae consigo. En muchas de ellas, si se hace un consumo mensual, se exonera del pago de la membresía.
“Si se compra en cuotas no se está exonerando de la membresía. Eso es una equivocación que las personas a veces cometen. Dicen ‘voy a comprar esto en tres cuotas sin intereses y no consumo por tres meses’, pero eso fue solo un consumo financiado en tres meses; en cambio, el recibo de agua, luz, entre otros, es un consumo mensual y eso se considera para la exoneración de la membresía”, señaló Walter Eyzaguirre, especialista en finanzas personales a la agencia Andina.