A través de la Resolución Ministerial Nº 0264-2021-MIDAGRI, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) resolvió la creación temporal del Grupo de Trabajo Sectorial encargado de elaborar el reglamento del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias.
En dicho registro deben inscribirse las cooperativas agrarias de usuarios y centrales de cooperativas a nivel nacional, en el marco de la Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, que busca fortalecerlas como parte de la reforma agraria ofrecida por el Gobierno.
El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado de la siguiente manera. Todos cumplen sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno:
Además, la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Dirección de Asociatividad y Desarrollo Empresarial de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, que proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario, para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento.
El Grupo de Trabajo Sectorial se encargará de elaborar y aprobar el cronograma de trabajo; elaborar y formular una propuesta de reglamento del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias, y del dispositivo legal que lo apruebe; coordinar permanentemente, durante el proceso elaboración del documento, con los diversos actores vinculados a su formulación, a nivel nacional, regional y local; y desarrollar otras funciones orientadas al cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo Sectorial.
Para el cumplimiento de sus funciones, puede convocar a representantes de las entidades del Poder Ejecutivo, de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, del sector privado, de la sociedad civil organizada; así como a especialistas o personas expertas en la materia, nacionales o extranjeras, para lo cual deben ser acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los dos (02) días hábiles previos a la fecha de la reunión convocada. Su participación es con derecho a voz, pero sin voto.