Tras incluirse al diésel BX, destinado al uso vehicular, al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo por un plazo de 60 días calendario, el Osinergmin fijó el margen comercial y la banda de precios correspondientes.
Así, la resolución publicada este martes 29 de junio precisa que el margen comercial para el combustible diésel B5 (0-2500) queda establecido en 0,13 soles por galón y para el diésel B5 (2500-5000) en 0,14 soles por galón.
Sobre la banda de precios para el diésel B5 para uso vehicular, se establece que el límite superior es de 8,57 soles y el límite inferior queda fijado en 8,47 soles por galón.
Tanto el margen comercial como la banda de precios estarán vigentes a partir del lunes 28 de junio de 2021 hasta el jueves 29 de julio del mismo año, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Supremo n.º 015-2021-EM.