Con ocho votos a favor y una abstención, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó esta tarde el dictamen de la ley de reprogramación extraordinaria de pago de créditos para la protección del ahorro y fortalecimiento del sistema financiero por el estado de emergencia nacional.
Dicha iniciativa legislativa -que se votaría la próxima semana en el Pleno - permitirá congelar hasta diciembre próximo el pago de las obligaciones de los productos de créditos de consumo y personales, todo tipo de tarjeta de crédito que permita la disponibilidad de efectivo o compra de producto o servicio, préstamo revolvente y no revolvente, crédito vehicular e hipotecario para vivienda; en condición de vigente, refinanciado, reestructurado, atrasado e incluso a las cartera de crédito comprada por otra entidad financiera.
Aunque cabe señalar que esta medida sólo podrá ser aplicada si es cliente de un banco u otra entidad que no sea microfinanciera o Cooperativa.
Previo a la votación del dictamen, la Comisión esperaba que la ministra de Economía y Finanzas, María Alva, se presentara para dar su opinión sobre los alcances del texto, sin embargo, la titular del MEF no asistió.
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Los congresistas de la Comisión de Defensa del Consumidor decidieron por mayoría excluir el artículo 6 del texto del dictamen que iba a permitir la suspensión de cobranzas judiciales y extrajudiciales.
Sobre los beneficiarios de la ley, el dictamen - que aún está con cargo a redacción - también permitirá que los trabajadores activos con sueldos menores a 8.600 soles también puedan acogerse. En tanto, también quedarán fuera los funcionarios públicos señalados en el artículo 425 del Código Penal.