El Gobierno publicó el Decreto de Urgencia que crea el bono de electricidad, un monto de 160 soles en favor de los usuarios residenciales focalizados para cubrir sus consumos pendientes de entre marzo a diciembre de este año y no estén en proceso de reclamo.
La titular del Ministerio de Energía y Minas (Minem), Susana Vilca, había señalado a este diario que iba a estar enfocado en las familias de los estratos D y E.
Como se señala en el DU, será para los usuarios residenciales con un consumo de hasta 125 kWh/mes entre el periodo de marzo de 2019 a febrero de 2020, y de hasta 150 kWh/mes entre enero y febrero de este año. Asimismo, el punto de entrega del suministro beneficiado no debe estar ubicado en lugares considerados como estrato alto o medio alto, en el caso de Lima y Callao. El beneficio también será para los usuarios de zonas rurales atendidas con sistemas fotovoltaicos y los que tienen una medición colectiva, registrados en marzo de 2020.
Según el Minem, esto beneficiará a 5,38 millones de familias, abarcando alrededor de 24 millones de peruanos.
La vigencia de este DU será hasta el 31 de diciembre de 2021.
Las empresas distribuidoras de electricidad reportarán a Osinergmin, en un plazo de 10 días hábiles, un listado de usuarios que cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del subsidio.
El ente supervisor tendrá 20 días hábiles para revisar, aprobar y publicar. Luego de recibir la lista aprobada, las empresas distribuidoras lo deberán publicar al día hábil siguiente. Los beneficiarios también podrán solicitar ser excluidos del subsidio.
Las distribuidoras de electricidad que aplicarán el subsidio a los consumidores deberán reportar mensualmente el monto de este beneficio a los recibos de electricidad pendientes de pago. Asimismo, en las facturas a los usuarios deberá estar detallado la aplicación del subsidio y su monto remanente.
Por ello, también se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a realizar modificaciones presupuestarias en favor del Minem.
La primera solicitud será para los recibos pendientes de marzo, abril y mayo. Las siguientes solicitudes serán mensuales y para los recibos pendientes de junio, julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre. Para el consumo en diciembre se hará una solicitud.
El gobierno también dispuso modificar el Decreto de Urgencia relacionado al fraccionamiento para los recibos de energía eléctrica y gas natural, ampliando la posibilidad de fraccionar las facturas de entre marzo a junio hasta en 24 meses. Esto podrá ser aplicado para los usuarios residenciales con un consumo mensual de hasta 300 kWh.
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