Mediante el Decreto Supremo Nº020-2020-SA, publicado este jueves, el gobierno prorrogó la Emergencia Sanitaria por un plazo de 90 días calendario, es decir, hasta el 7 de setiembre de 2020.
Con ello, también se amplió la vigencia de las medidas de suspensión perfecta de labores hasta el 7 de octubre de 2020, informó esta noche el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
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Mediante un comunicado, el MTPE precisó, además, que las nuevas solicitudes de suspensión perfecta de labores que ingresen en la plataforma virtual a partir del 5 de junio de 2020, no podrán exceder del plazo máximo.
Cabe recordar, que la suspensión perfecta de labores procede, siempre y cuando no sea posible implementar el trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, una vez agotada la posibilidad de adoptar otras medidas alternativas para mantener el vínculo laboral y las remuneraciones. Asimismo, previo a su adopción debe informarse a la organización sindical o, en su defecto, a los representantes de los trabajadores, a fin de entablar las negociaciones correspondientes.
Los empleadores deben asegurar el correcto funcionamiento y revisar diariamente el correo electrónico señalado en la Plataforma Virtual del MTPE para efectos de las notificaciones que realice la Autoridad Administrativa de Trabajo, así como revisar diariamente la casilla electrónica asignada por Sunafil, toda vez que las notificaciones realizadas a dichas direcciones se entenderán válidamente efectuadas desde el día que conste haber sido recibidas.
- Más de 28 mil empresas han enviado la solicitud ante el MTPE para aplicar la suspensión perfecta. De ese total, solo 1% habría sido aprobado.