La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) emitió este sábado una norma que permite ampliar el límite de operaciones a través de cuentas de dinero electrónico, de 1 mil a 3 mil soles.
“Considerando la situación de emergencia sanitaria que viene atravesando el país, resulta necesario establecer medidas que ayuden a la realización de las transacciones que deben efectuar las personas, y por ello se ha considerado conveniente modificar los límites aplicables a las cuentas de dinero electrónico simplificadas establecidos en el artículo 5 del Reglamento de Operaciones con Dinero Electrónico”, según refiere la norma.
En esa línea, se precisa que se consideran dinero electrónico las “cuentas de dinero electrónico simplificadas”, es decir, a aquellas cuentas que los emisores de dinero electrónico ponen a disposición de personas naturales y que cumplen con las siguientes condiciones:
b) Cada transacción se encuentra sujeta al límite de los 3 mil soles.
c) El saldo consolidado de cuentas de dinero electrónico de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor de dinero electrónico, no puede ser superior a 10 mil soles.
d) Las conversiones a dinero electrónico acumuladas de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, no pueden ser mayores a 10 mil soles.
e) Las transacciones acumuladas (conversiones, transferencias, pagos, reconversiones, etc.) de un mismo titular, bajo cualquier modalidad, en un mismo emisor en un mes, no pueden exceder de 15 mil soles.