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Empresas que no investiguen denuncia por hostigamiento sexual serán sancionadas

Compañías deben tener canales de comunicación en donde los trabajadores puedan realizar este tipo de denuncia.

Empresas que no investiguen denuncia por hostigamiento sexual serán sancionadas
Empresas que no investiguen denuncia por hostigamiento sexual serán sancionadas

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), publicó el protocolo que se seguirá para la fiscalización en materia de hostigamiento sexual. Como se sabe el pasado 22 de julio se publicó en el diario oficial El Peruano el Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual en el trabajo, en las instituciones educativas, y en las instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

El documento señala que si “el inspector verifica que el sujeto inspeccionado no inició el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual o no lo hizo dentro del plazo de ley, respectivamente, ante la presentación de una denuncia o queja sobre dichos actos, será considerada una infracción”.

Asimismo, el protocolo indica que si el sujeto inspeccionado toma conocimiento de los presuntos actos de hostigamiento sexual, por vías distintas a la denuncia o la queja, el inspector debe dejar constancia de ello en el informe de actuaciones inspectivas o acta de infracción, según corresponda, identificado además, la oportunidad exacta en que tomó conocimiento.

Además se indica que la no implementación del Comité de intervención frente al hostigamiento sexual o la falta de designación de un Delegado contra el hostigamiento sexual también se considerará como una infracción. Cabe indicar que no tomar medidas de protección a las víctimas o no prevenir y sancionar el hostigamiento en la empresa puede ser sancionada con una multa de hasta 189 mil soles.


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