Los trabajadores que sean víctimas de despido arbitrario pueden acudir directamente a la delegación policial donde está ubicada la empresa para que se compruebe la prohibición del ingreso al centro de labores.
En esa línea, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puso a disposición de los ciudadanos un formato de acta de verificación de despido arbitrario, el cual cuenta como un instrumento de constatación de hechos durante la intervención policial en el centro laboral implicado.
A través del acta de verificación, que puede ser descargado aquí, el efectivo policial constatará que la empresa no ha cumplido el procedimiento de despido o impide el ingreso del trabajador al centro laboral.
Cabe recordar que la verificación del presunto despido arbitrario, según el Reglamento de Ley de Fomento al Empleo, puede ser efectuada tanto por el inspector del trabajo como por la autoridad policial; ya que ambas autoridades gozan de facultades verificadoras independientes.
Cuando la diligencia sea realizada por miembros de la Policía, no se requerirá al trabajador solicitante la presentación de un oficio emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) o por la Sunafil. No obstante, el efectivo policial podrá hacer uso del formato de acta antes referido.
La autoridad deberá consignar en el acta datos del empleador y del trabajador como: fecha de ingreso, fecha del presunto despido arbitrario, cargo, horario de trabajo, entre otros y la manifestación de ambas partes.
Además, dicho documento deberá ser firmado por la autoridad, el trabajador y el empleador. En caso de negativa de este último, se deberá dejar constancia de ello.