De acuerdo con cifras de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), entre la creación del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y mayo de 2019, han existido más de 126 mil empresas que no han depositado los aportes de sus trabajadores en algún momento determinado, perjudicando directamente a estos afiliados.
Los pagos deben ser efectuados hasta el quinto día útil del mes siguiente al que corresponde la retención. Es decir, los aportes que el empleador descontó del sueldo de sus trabajadores en mayo, por ejemplo, deben ser transferidos hasta el quinto día del mes de junio.
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En esa línea, AFP Integra ha resumido los principales efectos que el incumplimiento de pagos por parte del empleador podría tener sobre el afiliado y su pensión:
1. Podría dejar de ganar rentabilidad: Los aportes obligatorios pasan a formar parte del fondo de pensiones del afiliado y ganan rentabilidad según el fondo en el que se encuentre y su tiempo de permanencia. En caso no se registren aportes al fondo, inevitablemente habrán ganancias que dejarán de generarse.
2. La cobertura de seguro podría postergarse: Existe un seguro que protege al afiliado en caso de invalidez, y a su familia en caso de fallecimiento. La póliza estará activa siempre que cuente con 4 aportes en los últimos 8 meses previos al mes en que ocurre el siniestro, y que no se presente alguna de las causales de exclusión (como acciones contra el orden público o accidentes laborales cubiertos por otras disposiciones legales).
En el caso de invalidez, el seguro sirve para completar el fondo que el afiliado requeriría para recibir una pensión mensual de hasta 70% de su remuneración promedio, considerando los 48 meses previos al siniestro, con un máximo de 9,613.39 soles.
Por otro lado, en el caso de fallecimiento, la póliza permite a los beneficiarios del afiliado recibir una pensión de hasta el 100% de la remuneración promedio. Si el empleador no ha transferido al menos 4 aportes en los últimos 8 meses a la AFP, la cobertura de seguro se postergará hasta que la situación se regularice. Hasta entonces, solo se podrá otorgar una pensión preliminar en base al fondo actual.
3. Las opciones de retiro y/o pensión podrían ser menores: Si el afiliado decide recibir una pensión, esta será calculada en base al total de su fondo en ese momento y la modalidad de jubilación que haya escogido. Entonces, la remuneración otorgada será menor a la que hubiese obtenido de tener los aportes completos.
Asimismo, si el afiliado decide retirar el 95,5% de su fondo, dicho monto se calculará en base a lo que el empleador ha transferido. Entonces, el pensionista recibirá menos de lo que se le ha retenido.
Por último, en caso el afiliado haya optado por hacer retiro parcial de su fondo, un porcentaje de este es recibido a modo de pensión, y otro a modo de retiro. Ambos también son calculados en base al total de su fondo en ese momento, que depende de lo que ha transferido la empresa para la que labora.
En todos los casos anteriores, una vez que regularice el empleador los pagos, el afiliado podrá generar una solicitud de retiro para acceder a este monto.
Dado todo lo anterior, AFP Integra recomienda a los afiliados lo siguiente:
1. Revisar regularmente el estado de cuenta de su AFP para confirmar que los aportes están siendo pagados por el empleador y que están acreditados en su cuenta individual.
2. En caso detecte que el empleador o ex-empleador no ha realizado el pago de los aportes, el afiliado debe contactar a su AFP para que esta pueda iniciar el proceso de cobro al empleador deudor.