Hoy los peruanos tienen diferentes formas de recuperar parte de sus Impuestos a la Renta (IR) que pagan cada año: puede ser mediante el alquiler formal de una vivienda, o cuando acude a algún profesional (como al odontólogo), o por los aportes de EsSalud que pague a su trabajador del hogar. Incluso, si sale a beber o a bailar.
No obstante, no todos los que estén “coleccionando” un recibo electrónico van a ser beneficiarios con la deducción de impuestos, así lo explicó hoy José Luis Calle, supervisor de la central de consultas de la Sunat, en entrevista con RTVEconomía.
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El ejecutivo precisó que la deducción sólo aplica a “trabajadores que emitan recibo por honorarios o que estén en planilla de una empresa por la cual le pagan los beneficios sociales. Y sólo en la medida de que sus ingresos en el año superen los 7 UIT o 29.400 soles para este año”.
¿Por qué? Recordemos que hasta los 7 UIT el Gobierno no cobra impuesto a la renta, por lo que no tendrá un saldo para devolver. “Si gana en el año 20 mil soles y se le hace la resta de estas 7 UIT, no habrá impuestos que anular, por lo tanto, no tendría dicho beneficio”, señaló.
Considerando quiénes pueden ser beneficiarios de las deducciones, en este cuadro conozca qué servicios o actividades y en qué porcentaje podrán beneficiarte (cuadro actualizado al 2019):
Deducciones