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Si tu pareja fallece y no estaban casados, ¿puedes recibir la pensión de viudez?

Todo viudo o viuda en el Perú tiene derecho a percibir una pensión, siempre y cuando su cónyuge haya sido pensionista durante su vida. Conoce si puedes tener este beneficio aunque no te hayas casado con tu pareja.

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Miles de personas reciben la pensión de viudez en nuestro país. Foto: composición La República/Andina

Perder a un ser querido es una de las experiencias más tristes y angustiosas que una persona puede atravesar, más aún cuando se trata de tu pareja o cónyuge.  Sin embargo, incluso durante esta difícil situación, los viudos o viudas no están exentos de cumplir deberes. En el caso de los derechos, por ejemplo, los deudos deben recibir cierta cantidad de dinero por la condición en la que se encuentra, conocida también como pensión de viudez.

Cabe resaltar que el monto máximo que una persona puede percibir como pensión de viudez es igual al 50% de la pensión de invalidez o jubilación que cobraba el asegurado mientras estaba con vida.

¿Puedes recibir la pensión de viudez si no te casaste con tu pareja?

De acuerdo con la Ley N.° 19990, actualmente no solo las cónyuges de los asegurados tienen derecho a recibir la pensión de viudez, sino también los convivientes. Para que estas personas puedan tener este beneficio, deben haber estado, por lo menos, dos años antes del fallecimiento del asegurado y antes de que él cumpla 60 años (si fuese hombre) y ella 50 (si fuese mujer).

Además, esta unión debe ser acreditada mediante la sentencia de declaración de unión que está en el Registro de Perso­nas Naturales de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp). Si no se realizó la inscripción registral, se podrá realizar el reconocimiento en forma judicial.

Pensión de viudez. Foto: IMSS

¿Cuáles son las condiciones para recibir la pensión de viudez?

  • El cónyuge o conviviente de la afiliada fallecida o pensionista tenga un problema de discapacidad para el trabajo o sea mayor de 60 años.
  • El matrimonio debe haberse celebrado por lo menos un año antes del fallecimiento del afiliado y antes que él cumpla 60 años si fuese hombre o 50 años si fuese mujer, o más de dos años antes del fallecimiento de haberse celebrado el matrimonio a una edad mayor de las indicadas.
  • La unión de hecho debe haberse producido por lo menos dos años antes del fallecimiento. Si no se realizó la inscripción registral, podrá realizar el reconocimiento en forma judicial.
  • No es relevante el momento en que el matrimonio se celebra o la unión de hecho se configura si el fallecimiento se ha producido por accidente común o de trabajo, tengan o hayan tenido hijas o hijos en común, o que la viuda se encuentre en estado grave a la fecha de fallecimiento del asegurado

Existen ciertas condiciones para que el cónyuge reciba la pensión de viudez. Foto: Andina

Requisitos para recibir la pensión de viudez

Si el o la fallecida no era pensionista: Si el o la fallecida era pensionista:
1. Solicitud según Formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
2. Copia simple del certificado médico de discapacidad emitido por el Seguro Social de Salud (EsSalud).
3. Copia simple del parte policial o atestado policial o certificado de necropsia.
4. Copia simple del certificado médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud o una Entidad Prestadora de Salud - EPS.
5. Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral. 
6. Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o el Seguro Social de Salud - EsSalud.
1. Solicitud según Formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
2. Copia simple del certificado médico de discapacidad emitido por el Seguro Social de Salud (EsSalud), establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud.
3. Copia simple del parte policial o atestado policial o certificado de necropsia (aplica para cuando el fallecimiento del causante se produce por accidente).
4. Copia simple del certificado médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud o una Entidad Prestadora de Salud - EPS (aplica solo para cuando la cónyuge o integrante de la unión de hecho se encuentra en estado grávido a la fecha de fallecimiento del asegurado).

¿Los convivientes tienen derecho a la pensión de viudez?

De acuerdo a la ley actual, el conviviente que haya mantenido una unión de hecho será reconocido como beneficiario de pensiones de viudez, siempre que la convivencia se haya producido por lo menos un año antes del fallecimiento del asegurado y antes de que este cumpla los 55 años de edad.

El conviviente recibirá una pensión siempre que la convivencia se haya producido por lo menos un año antes del fallecimiento del asegurado. Foto: composición LR

¿Cuánto dinero como máximo puedes recibir como pensión de viudez?

El monto máximo de la pensión de viudez es igual al cien por ciento de la pensión de invalidez o jubilación. En el caso concurra con hijos beneficiarios, se reducirá hasta el 50 %, según la iniciativa de la congresista Gloria Montenegro.

¿Cuándo se pierde el derecho a la pensión de viudez?

La pensión de viudez se pierde automáticamente cuando el viudo o viuda forma un nuevo hogar fuera del matrimonio. Es decir, si convive o haya convivido con una nueva persona y tiene un hijo extramatrimonial.

Para conocer si formas parte del Sistema Nacional de Pensiones, ingresa a la Oficina de Normalización Provisional - ONP, llena tus datos con el número de dni y clave virtual. En caso no tengas la clave virtual, la puedes solicitar en un centro de atención.

La ONP explica todo lo que tienes que saber sobre la pensión de viudez

¿Cómo solicitar la pensión de viudez?

Según explica el portal web de Gobierno del Perú, para solicitar las pensión de viudez debes seguir los siguientes pasos.

  • Entra a la página de solicitud virtual de la ONP
  • Ingresa tus datos en el formulario.
  • A través de una llamada o correo electrónico te contactará un asesor. Si te corresponde la pensión, debes enviar los documentos que te solicitan.
  • En un periodo máximo de 30 días calendarios, se te informará el resultado de tu solicitud mediante una resolución que llegará a tu domicilio o vía correo electrónico.

¿Cuál es el mínimo de aportes para jubilarse en Perú?

La o el asegurada/o debe aportar un mínimo de 20 años para tener acceso a la pensión de jubilación. La edad mínima para jubilarse y solicitar una pensión es de 65 años.

Prestación por sepelio: ¿cuánto dinero debe entregar la AFP a la familiia del fallecido?

La SBS detalla que el monto máximo que otorga la AFP por gastos de sepelio a los familiares del fallecido es S/5.181,48. Esto a fin de cubrir, en un sepelio tradicional, la carroza, cargadores, necropsia, derechos de salubridad, ataúd, camionetas para aparatos florales, capilla ardiente, tumba o nicho, velatorio y tramitación e instalación. En el caso de cremación, busca solventar el costo de la misma, de la urna, así como de los desembolsos ya mencionados.

¿Quiénes tienen derecho al beneficio de gastos de sepelio?

Las personas que gozan del derecho al beneficio de gastos de sepelio son aquellos trabajadores que estén en cualquiera de estas tres situaciones.

  • Afiliados a una AFP en la condición de trabajadores activos.
  • Afiliados a una AFP en la condición de pensionistas por invalidez.
  • Afiliados a una AFP en la condición de pensionistas por jubilación.

La prestación de sepelio busca cubrir gastos como el ataúd, las carrozas, los cargadores, entre otros.

¿Cómo saber si estoy afiliada a la ONP?

¿Cómo puedo saber cuánto dinero tengo en la ONP?

Si te encuentras afiliado del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), puedes revisar el estado de tus aportes declarados mediante la plataforma en línea. Además, también puedes ingresar a la aplicación ONP Móvil que se encuentra disponible en Google Play.