Cifra podría crecer. Además de Odebrecht, por el caso Lava Jato en Brasil hay más de 285 empresas investigadas por actos de corrupción, de las cuales 33, que tienen condena o buscan delación premiada, tienen participación en el Perú de forma directa o a través de accionariado. Fiscales consideran que la norma desincentiva que otras empresas puedan acogerse a colaboración eficaz.,Más de 30 empresas, además de Odebrecht, estarían impedidas de contratar con el Estado y remitir al exterior sus ganancias y utilidades, en ampliación del Decreto de Urgencia N° 003-2017. Esto es solo contando las empresas investigadas por el caso Lava Jato con presencia directa a través de participación accionaria en el Perú. La lista podría multiplicarse si se tiene cuenta que en Brasil hasta el día de hoy hay más de 285 empresas locales y multinacionales en la mira del grupo de Tarea del caso Lava Jato, con directivos detenidos o en proceso de acogerse a delación premiada. PUEDES VER: Gregorio Santos asegura que "ya debe estar lista la vacancia presidencial" contra PPK | VIDEO Esto es solo teniendo en cuenta la investigación de Lava Jato, pero a nivel internacional hay otras empresas comprometidas en investigaciones por corrupción. Hay casos incluso parecidos a los de Odebrecht. El caso alemán El 15 de noviembre de 2006, los fiscales alemanes allanaron más de 30 oficinas del conglomerado Siemens e intervinieron las viviendas de sus principales directivos. Un año después, la empresa reconoció la existencia de un sistema organizado de sobornos que operaba en diversos países para obtener contratos. Un artículo del periodista Luis Doncel en el diario El País, de España, reportó que en Argentina, Siemens pagó US$ 40 millones de dólares para conseguir el contrato de fabricación de los DNI; en Israel, US$ 20 millones para construir centrales eléctricas y US$ 16 millones en Venezuela para la construcción de líneas ferroviarias. Siemens delató las prácticas corruptas, cambió a sus directivos, estableció una política anticorrupción, pagó una multa de 1,6 billones de dólares a las autoridades europeas y norteamericanas y fue condenada. Pero ha superado ese problema y hoy nadie pone en duda sus practicas empresariales. Siemens opera en el Perú y suministra equipos para centrales eólicas como Marcona y Tres Hermanas (Ica) y ha realizado diversos trabajos eléctricos para la línea 1 del Metro de Lima y ha mostrado interés en invertir en la línea 3 del metro de Lima. Telefónica Otro caso. En octubre del 2015, la sede central de Telefónica registró ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), de España, que "estaba llevando a cabo una investigación interna sobre posibles infracciones de las leyes contra la corrupción" y que colaboraba con un Estado para el esclarecimiento de los hechos. Es decir, la propia empresa reconocía que tenia un problema de corrupción, colaboraba para investigarlo y sancionar a los responsables, pero si, digamos hoy, quisiera tener esa misma actitud en el Perú, podría terminar siendo sancionada. El caso reportado en España no prosperó y quedó en nada. Sin embargo, ahora con el mencionado DU ante un caso similar, lo mejor para cualquier empresa sería ocultar todo, no denunciar nada y esperar que alguien lo descubra y que se emita una sentencia en un futuro lejano. En opinión de jueces y fiscales, se debería tener cuidado de que el decreto de urgencia N° 0003-2007 no desincentive la lucha anticorrupción, en la que deben estar inmersas todas las empresas. El DU 003-2017, con aparentemente la vista puesta solamente en Odebrecht, sanciona a las empresas que sean condenadas o que hayan reconocido a través de sus directivos haber cometido actos de corrupción. El Decreto Incluso para los fiscales esto es un problema, en el tema de las colaboraciones eficaces. Ninguna otra empresa brasileña va a querer delatar porque eso supone admitir un acto de corrupción y automáticamente se entra en las sanciones del mencionado decreto. En el marco de la lucha anticorrupción, el DU 003-2007 indica que toda empresa condenada por actos de corrupción o que admita haberlos cometido contra el Estado, en forma directa, en consorcio o través de contratistas, dentro o fuera del país, no podrá vender sus bienes ni transferir al extranjero sus ganancias o utilidades. El decreto dice en su artículo 2, que alcanza a todas las personas jurídicas: 1) Condenadas, o cuyos funcionarios o representantes hayan sido condenados, en el país o en el extranjero mediante sentencia consentida o ejecutoriada por delitos contra la administración pública o lavado de activos o delitos equivalentes en caso estos hayan sido cometidos en otros países en agravio del Estado. O, agrega –y es lo que genera preocupación– las empresas que 2) " directamente o a través de sus representantes, hubiesen admitido y/o reconocido la comisión de cualquiera de los delitos antes descritos ante alguna autoridad nacional o extranjera competente". Esta medida alcanza a 1) "cualquier persona jurídica o ente jurídico que sea propietario de más del diez por ciento (10%) de las acciones representativas del capital social o tenedor de participaciones sociales o que directa o indirectamente participe en dicho porcentaje en la propiedad de esta, ya sea directamente o a través de subsidiarias". 2) "cualquier persona que ejerce un control sobre esta y las otras personas sobre las cuales aquella ejerce también un control; o 3) Cualquier persona jurídica o ente jurídico de un mismo grupo económico". Estas empresas no podrán transferir al exterior el íntegro de sus capitales, inversiones o utilidades que permanecerán en el Perú en un fideicomiso hasta el total esclarecimiento de los hechos, que se sancione a los responsables y que se establezcan las reparaciones civiles. Solo después podrán repatriar las utilidades que queden. EMPRESAS SANCIONADAS Y/O QUE SE HAN ACOGIDO A DELACIÓN PREMIADA EN BRASIL Petrobras Odebrecht OAS Camargo Corrêa Andrade Gutierrez Toyo Setal Techint Alstom (grupo francés de transporte) BTG Pactual (corredora de bolsa) Rolls-Royce Queiroz Galvão UTC Engenharia Engevix IESA Óleo e Gás Mendes Júnior Galvão Engenharia Skanska Promon Engenharia GDK Carioca Christiani Nielsen Engenharia Schahin Engenharia Alumini Engenharia MPE Montagens e Projetos Tomé Engenharia Construcap WTorre Egesa Aratec Engenharia Eldorado Brasil Mossack Fonseca Jaraguá Equipamentos Sanko Sider Sete Brasil Combate a la corrupción empresarial y pago de reparación civil El decreto de Urgencia N° 003-2007 es positivo en cuanto garantiza que una empresa extranjera comprometida en un acto de corrupción no venda sus activos en el país, se vaya y al final no pague nada. En este sentido, el decreto de urgencia dice que una empresa comprometida o que confiese un acto de corrupción no podrá transferir ni total ni parcialmente 1) "el íntegro de sus capitales provenientes de las inversiones en el país, incluyendo la venta de activos, acciones, participaciones o derechos, reducción de capital o liquidación parcial o total de empresas". Tampoco "el íntegro de los dividendos o las utilidades provenientes de su inversión, así como las contraprestaciones por el uso o disfrute de bienes ubicados físicamente en el país y de las regalías y contraprestaciones por el uso y transferencia de tecnología, incluido cualquier otro elemento constitutivo de propiedad industrial". Además, cualquier venta de un bien debe ser con autorización del Ministerio de Justicia y el valor de venta se constituirá en un fideicomiso. Además, el adquiriente se convierte en responsable del pago de la reparación civil. Los pagos que tengan que realizar el Estado por una obra o concesión, luego de deducir gastos, también irán al fideicomiso para garantizar la reparación. La procuraduría establecerá un monto estimado para la reparación.