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Marcha en Lima: ¿estoy obligado a dar mi DNI a la policía si me lo pide sin una orden judicial?

¿Alguna vez mientras caminabas por la calle la policía te ha solicitado tu DNI, sin explicación alguna? Te contamos si esta petición esta avalada por la ley.

Conoce cuál es el protocolo que debe seguir la Policía Nacional del Perú al momento de pedir el DNI de un ciudadano. Foto: composición LR/Andina
Foto: composición LR/Andina

En el Perú es muy común que, durante un operativo policial o durante una marcha como la que se esta llevando a cabo hoy, 19 de julio, los efectivos policiales pidan el DNI a los transeúntes para verificar su identidad. Pero alguna vez te has preguntado ¿qué tan legal es que la policía realice esta petición y qué pasa si la persona no tiene su documento de identidad en ese momento?, ¿puede ser detenido? Te respondemos estas y otras dudas.

Cabe precisar que estos operativos de control de identidad se desarrollan mayormente en los puntos críticos de la ciudad, es decir, en los lugares donde se han detectado altos casos delincuenciales. En ese sentido, se considera de gran importancia en la función de prevención de delitos y faltas que cumplen los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP).

¿Estoy obligado a dar mi DNI a la Policía?

Según la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, todos los miembros de la policía nacional se hallan facultados para exigir la identificación de cualquier persona y realizar la comprobación correspondiente, con fines de prevención del delito o de obtención de información útil en la averiguación de un hecho punible. Con esto, se descarta la creencia de que solo en un operativo programado es posible cumplir con dicha facultad. 

Los ciudadanos están obligados a identificarse con su DNI ante la autoridad policial. Foto: Andina

Los ciudadanos están obligados a identificarse con su DNI ante la autoridad policial. Foto: Andina

Es por esta razón que todo ciudadano tienen la obligación y el deber cívico de identificarse frente a la autoridad policial, cuando este lo solicite, así no tenga ninguna orden judicial.

¿Qué pasa si no tengo mi DNI al ser intervenido por la policía?

Si no cargas con tu DNI en ese momento, lo ideal es que la policía utilice un aparato tecnológico con el que pueda dar con tu identidad, ya sea a través de la lectura de huellas u otro mecanismo conectado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Sin embargo, muchas veces los agentes carecen de estos equipos, por lo que los ciudadanos pueden usar otros documentos legales para identificarse, como un carnet universitario, licencia de conducir u otros.

La policía puede pedirte tu DNI en la calle. Foto: Defensoría del Pueblo

La policía puede pedirte tu DNI en la calle. Foto: Defensoría del Pueblo

En caso no se tenga ninguno de estos documentos, el efectivo policial tiene la potestad de trasladar al ciudadano a la comisaría más cercana. Cabe resaltar que esto no es una detención, sino que es un traslado con un único propósito: la identificación, y está avalado por el artículo 205 del Código Procesal Penal y la Ley de la Policía Nacional del Perú. Una vez que se haya identificado, podrá retirarse sin ningún inconveniente.

¿Puedo grabar con mi celular mientras me intervienen?

Las personas sí pueden hacer el registro fotográfico o filmar cuando son intervenidas por un integrante del orden. Así lo precisó el abogado penalista Mario Amoretti en diálogo con La República en 2022.

“Yo no tengo ninguna prohibición para grabar la conducta de un policía en mi contra. Sí se puede. No hay ningún impedimento para grabar la conducta que está realizando el policía al momento de detenerme”, precisó.

Las personas pueden grabar con su celular cuando alguien les interviene. Foto: Xataka

Las personas pueden grabar con su celular cuando alguien les interviene. Foto: Xataka

¿Pueden allanar mi casa sin una orden judicial?

De acuerdo con el Ministerio Público del Perú, sí se pueden allanar domicilios sin que se tenga en ese momento una orden judicial. Esto puede ocurrir en los casos de delito flagrante o de peligro inminente de su perpetración. Sin embargo, el fiscal a cargo deberá solicitar de forma inmediata la confirmación judicial.

Asimismo, el allanamiento de domicilio se ejecuta sin previa notificación judicial, ya que, al ser una medida que busca encontrar pruebas, la antelación de la visita puede dar al imputado o cualquier otra persona la posibilidad de ocultar los bienes o efectos del delito, con lo que se perdería la finalidad de la misma. Sin embargo, sí se deberá requerir al juez de manera reservada.

¿Pueden exponer mi imagen si soy detenido?

Según el abogado Mario Amoretti es frecuente que se presente públicamente a las personas detenidas, lo cual está prohibido según el Código Procesal. “Vemos que los policías presentan públicamente a la persona que está detenida. Eso es una prohibición expresa (…); o sea, la policía, o a veces hasta el ministro se presta para esto de presentar”, añadió.

“El Código dice expresamente que ‘el funcionario público no podrá presentar públicamente a ninguna persona que se encuentra como detenida policialmente’, puesto que a mí me beneficia la presunción de inocencia”, finalizó.

Según el Código Procesal, no se debería mostrar a los detenidos de forma pública. Foto: composició LR/La República

Según el Código Procesal, no se debería mostrar a los detenidos de forma pública. Foto: composició LR/La República

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