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Sociedad

Madre de Dios: promulgan ordenanza que prohíbe a extranjeros hacer transporte público

Defensoría del Pueblo rechaza la norma xenofóbica, la cual va en contra de la Constitución del Perú.

Medida contra extranjeros fue presentada desde el 2021. Foto: URPI
Medida contra extranjeros fue presentada desde el 2021. Foto: URPI

La Municipalidad de provincial de Tambopata, región Madre de Dios, acaba de promulgar una ordenanza municipal que prohíbe a los ciudadanos extranjeros de brindar el servicio transporte público.

Esta medida, de inmediato, ha sido considerada como xenofóbica, ya que va en contra de la Constitución del Perú que señala que toda persona es igual ante la ley y no debe ser objeto de discriminación por su origen o nacionalidad.

Los ciudadanos extranjeros quedan restringidos de prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados y no motorizados. Para personas extranjeras inscritas en las diferentes asociaciones antes de la dación de la presente ordenanza, automáticamente quedarán desafiliadas por acuerdo de la comisión técnica mixta”, se lee en la norma que tuvo aprobación en el Consejo Municipal.

La Defensoría del Pueblo también rechazó la medida y le pidió al área de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Tambopata que corrija la ordenanza que fue presentada desde el año 2021.

Esta norma fue aprobada por mayoría bajo el argumento de que los extranjeros están asaltando en mototaxi y vehículos menores. Esta excusa también se utilizó para tratar de impulsar una medida similar en Lima, precisamente en La Molina.

“Por la coyuntura social que se vive tanto en el ámbito local y nacional referente a que la población en general viene siendo víctima de delitos contra el patrimonio, la vida, el cuerpo y la salud, delitos contra la seguridad pública y otros en sus diferentes modalidades realizados en su gran mayoría en vehículos menores por parte de personas inescrupulosas en su mayoría de nacionalidad extranjera, motivo por el cual y recogiendo el clamor popular”, se indica en la décima disposición de la ordenanza.

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