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Sociedad

OEFA y Defensoría piden al Poder Judicial celeridad para calificar medida cautelar contra Pluspetrol

OEFA presentó medida cautelar pidiendo se le “embargue” a Pluspetrol aproximadamente US$ 380 millones para garantizar se realice la remediación ambiental en torno al Lote 8 y 192. Por su parte, Pluspetrol Norte asegura que laudo arbitral determinó que ellos no deberían asumir afectaciones ambientales causadas con anterioridad.

Defensoría del Pueblo exhorta al Ejecutivo a defender los intereses nacionales. Foto: Ministerio del Ambiente
Defensoría del Pueblo exhorta al Ejecutivo a defender los intereses nacionales. Foto: Ministerio del Ambiente

Ante la anunciada liquidación de Pluspetrol Norte S.A, el último 14 de enero el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) presentó ante el 37° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima una solicitud de medida cautelar pidiendo un embargo en forma de retención en cuenta bancaria hasta por la suma de casi US$ 380 millones con el fin de garantizar el costo de remediación que debe asumir la empresa privada para implementar las medidas correctivas ordenadas por el OEFA en el ámbito de los lotes 8 y 192 (ex 1AB).

De manera sorpresiva, el pasado 16 de diciembre de 2020 la empresa Pluspetrol Norte, que operó hasta 2015 el Lote 192 (antes llamado 1AB), en la región Loreto, anunció que iniciará un proceso de disolución y liquidación. La empresa presentó defectuosamente su propuesta de plan de abandono de sus operaciones al Ministerio de Energía y Minas (MEM), por lo que fue rechazado.

En el plan de abandono, Pluspetrol Norte no precisa cómo remediará los pasivos ambientales, ubicados en la cuenca de los ríos Pastaza, Corrientes y Tigre, ni información para corregir las 245 infracciones administrativas. Según el OEFA, solo las multas ascienden a US$ 2.9 millones, sin considerar las impuestas por incumplimiento a medidas correctivas, cuyos mandatos tienen por objeto lograr la remediación ambiental y cuyos plazos de cumplimiento vencieron desde antes de la declaratoria de la emergencia sanitaria por COVID-19.

“La única forma de evitar que no se remedien los daños ambientales generados por Pluspetrol Norte es separar y resguardar el financiamiento necesario para concretarlo e incluso, en caso de ingresar la empresa a un procedimiento administrativo concursal, esta acreencia ambiental esté garantizada y no sea considerada una acreencia común debido a que nuestra Ley General Concursal, Ley N° 27809 no considera entre los créditos priorizados de pago a las acreencias ambientales no garantizadas como se puede observar en el primer inciso de su artículo 42”, comentó Henry Carhuatocto, presidente del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS).

PIDEN CELERIDAD

Ante la “pasividad” del Poder Judicial por pronunciarse sobre la urgente medida cautelar solicitada por el OEFA, el último 3 de marzo el organismo estatal presentó al 37° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima una serie de documentos emitidos por la Defensoría del Pueblo sobre el caso con el fin que se dé celeridad a su pedido judicial.

Los documentos mencionados, expresan la preocupación de la Defensoría del Pueblo en torno a la falta de remediación ambiental de los lotes operados por la empresa Pluspetrol Norte S.A. y la urgencia de que el Estado peruano adopte medidas destinadas a evitar que la anunciada liquidación de la referida empresa constituya un “mecanismo dirigido a evadir la obligación de remediar los impactos ambientales, respecto de los cuales se ha determinado su responsabilidad”.

“La falta de cumplimiento de las medidas dispuestas por OEFA, entre ellas, la remediación ambiental de los impactos ambientales generados, así como el anuncio de liquidación de la empresa Pluspetrol Norte S.A., motivada por los actos administrativos emitidos por la entidad fiscalizadora, y presuntamente destinada a evadir el cumplimiento de estas obligaciones, no solo pone en riesgo el ambiente y los recursos naturales, sino que pone en riesgo al derecho a un ambiente equilibrado, la vida y la salud de las personas, por lo que requiere medidas inmediatas por parte del Estado”, se lee en el reciente documento presentado por el OEFA.

En su preocupación por defender los intereses nacionales, el pasado 12 de febrero la Defensoría cursó oficios a la Presidencia del Consejo Ministros, Poder Judicial, Ministerio de Ambiente y Ministerio de Energía y Minas exhortándolos a tomar las medidas necesarias para que Pluspetrol cumpla con remediar los pasivos ambientales.

La Defensoría recomienda a la PCM “liderar, impulsar e interponer con urgencia las medidas y recursos necesarios ante las instancias correspondientes, a fin de evitar que la decisión de liquidación de la empresa Pluspetrol Norte S.A. tenga por efecto la imposibilidad de cumplimiento de remediación de impactos ambientales a su cargo, así como del cumplimiento de otras medidas dispuestas por la entidad fiscalizadora”.

Al respecto, César Gamboa, Director Ejecutivo de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales recordó que la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992 establece en su Principio 4 que “a fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.”

“A consecuencia de ello, el Estado no solo promueve inversiones, sino que debe asegurarse de que estas sean sostenibles, lo que implica obligar al responsable a tomar medidas de prevención y remediación pertinentes cuando este genere impactos negativos al ambiente y salud de las personas”, resaltó Gamboa.

SOCIEDAD CIVIL PRESENTA AMICUS CURIAE

Recientemente el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú - IDLADS presentó un Amicus Curiae con el fin de garantizar la remediación ambiental que debe asumir la empresa Pluspetrol Norte en los lotes 8 y 192 (antes, 1AB) en resguardo del derecho a un ambiente adecuado y equilibrado y la salud de las poblaciones indígenas.

Asimismo, solicitó al Poder Judicial se le incorpore en el proceso cautelar como litisconsorte a favor de OEFA para defender y garantizar juntos la remediación del ambiente.

Pluspetrol Norte no asume daños ambientales

Tras la medida cautelar presentada por OEFA, Pluspetrol Norte (PPN) precisó que los daños ambientales a los que hacen referencia fueron generados “en su totalidad por operadores anteriores”.

La empresa que se encuentra en proceso de liquidación señala que la ley peruana establece el principio por el cual “el contaminador es el pagador”, a menos que la compañía operadora asuma los pasivos de otra.

PPN niega haber asumido remediar los pasivos de la empresa anterior y por ello acudieron a un arbitraje internacional.

Según la empresa, el tribunal arbitral declaró “que PLUSPETROL no asumió contractualmente responsabilidad u obligación de remediar Afectaciones Ambientales Históricas causadas con anterioridad al 30 de agosto de 1985 ni causadas entre el 30 de agosto de 1985 y el 8 de mayo de 2000, pero únicamente asumió contractualmente una obligación general de cumplir la normativa ambiental y de acatar las decisiones de las autoridades competentes.”

Según la PPN, el OEFA no ha citado en su demanda la parte que está en negrita. Asimismo, señalan haber cumplido con pagar todos los perjuicios que ellos hayan causado y las multas impuestas durante el tiempo que estuvieron operando.

Para Pluspetrol Norte, OEFA mantiene posición “intransigente” contra ellos “que posibilita que los verdaderos obligados a remediar escapen su responsabilidad, condenando a las comunidades a vivir en una situación de vulnerabilidad”.

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