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Arequipa: Majes Siguas II y un contrato cuyo papel ha aguantado todo

Contrato. Se firmó en 2010 y desde entonces aparecieron “nuevas circunstancias” que incrementaron su costo. Hay puntos polémicos, como el caudal que acepta la concesionaria Angostura Siguas en la firma del segundo contrato pero luego sostiene que le faltará agua. Con la adenda 13 el proyecto encarecerá más.

contrato tuo. Este firmó en 2015, reunía a casi todas la adendas, ahí ya se aceptaba que el caudal era 2,4 m3.
contrato tuo. Este firmó en 2015, reunía a casi todas la adendas, ahí ya se aceptaba que el caudal era 2,4 m3.

Un contrato es un acuerdo que dos partes aceptan respetar recíprocamente. Los acuerdos suscritos entre el Gobierno Regional de Arequipa (GRA) y la concesionaria Angostura Siguas para dar vida a las desérticas pampas de Siguas no siguieron esa lógica. Hubo cambios y distorsiones que lo han encarecido de $ 425 millones a más de $ 650 millones

El incumplimiento vino de ambas partes. El contrato se resumía a lo siguiente. Poner en producción 37, 500 hectáreas, con la derivación de las aguas del río Apurímac a un valor de $425 millones. Siendo una APP, inversión pública privada, el Estado, representado por el gobierno nacional y el regional de Arequipa, asumiría el 49% y el concesionario ( en ese entonces la española Cobra y la peruana Cosapi) 51%. El primero, recuperaría la inversión con la venta de las parcelas y el privado administraría el agua por 16 años para abastecer a los agricultores.

Falla de origen

Los problemas comenzaron desde la firma. El contrato se suscribió en diciembre de 2010 a pesar de un proceso judicial iniciado por la región Cusco. Las autoridades cusqueñas argumentaban que Majes II secaría el río Apurímac y dejaría sin agua a la provincia de Espinar. El lío llegó hasta el Tribunal Constitucional que demoró tres años para resolver el entuerto. Joaquín Roura de Cobra admite, “quizá el contrato no debió firmarse”. Prolongaron su vigencia con adendas.

Según la ley de APP, estos contratos no pueden tener adendas a tres años de plasmarse. Primer incumplimiento. La adenda más sustancial es la nueve que modifica los montos de inversión una vez concluido el conflicto con Cusco. De $ 425 millones incrementa a $ 550 millones.

Qué dice la ley de APP, artículo 56. 2: un proyecto de inversión no puede incrementar su costos a más de 15%. Ese porcentaje tope fue superado. En 2015, por decreto, se permite la modificación del monto de inversión. Se firma un nuevo contrato en la gestión de Yamila Osorio.

Dos años después, aparece una nueva discusión. El concesionario plantea un cambio tecnológico para ahorrar agua. La adenda 13 que paralizó la ejecución de la obra tres años y sigue en discusión ahora.

Eso implica una inversión adicional de $ 103 millones. El encarecimiento ya ascendía a 57% del valor original del proyecto.La concesionaria lo justifica con tres circunstancias: dispondría de menos recurso a raíz del fallo del TC que ordenó dejar un caudal ecológico de 2,4 metros cúbicos (m3) en el río Apurímac para Cusco. En el primer contrato se podía dejar solo medio metro cúbico. Segunda circunstancia, que habrían pérdidas por evaporación. Por ambos factores, dice el concesionario, la merma asciende a 80 millones de metros cúbicos. A eso suma, lo del cambio climático que también afectaría la disponibilidad.

Cambio de condiciones

El punto polémico viene acá. Cuando el concesionario firmó el nuevo contrato en 2015, no puso en debate esos puntos. Aceptó el caudal disminuido. Sus voceros que justifican el cambio tecnológico reclaman por el caudal reducido de 2,4 al medio cubo de agua.

Un inversionista en proyectos de irrigación sabe que tendrá pérdidas por evaporación y que el cambio climático es una amenaza para todos. ¿Porque advertirlo siete años después? preguntan algunos analistas.

El actual jefe de Majes II, Alfonso Cari afirma que es un punto polémico negociado en la gestión Osorio. Pero cree que la adenda 13 debe firmarse sí o sí.

Este medio contactó en España a la exgobernadora Osorio. No recordaba que el TUO precisaba lo del caudal, pero justificó el cambio tecnológico. Dijo que “las nuevas circunstancias” tomaron forma con la elaboración de los expedientes técnicos. Además fueron respaldados por estudios de consultoras. No hay nada oscuro, dijo.

El cambio tecnológico prevé riego por tuberías, a presión y un sistema telematizado. En las bases del primer contrato, esa opción de riego estaba prevista. ¿Porqué el concesionario eligió entonces canales abiertos primero y luego se decantó por las tuberías?. Osorio señala que sobre Majes no hubo estudios precisos. Con canales cerrados se pretendía evitar pérdidas por robos, evaporación e infiltración. Dice que el ahorro era significativo para el propietario, además este tendrá el agua en su terreno. Eso antes no estaba previsto.

Otro punto polémico es el cierre financiero, la empresa no lo hizo en los plazos. Sus voceros dicen que mientras no se defina la adenda 13 y terrenos para la represa. La compra de predios le corresponde al GRA y aún no lo concluye.

Esos acuerdos están a favor de la empresa

UN MINUTO CON:

Alfonso Cari

Director de Autodema

- En 2015, el concesionario firmó contrato sabiendo que debía dejar 2,4 m3 de agua en el río.

Quiero pensar que todo se hizo de buena fe. Estamos haciendo una búsqueda exhaustiva. La documentación que hemos desarrollado no permite identificar lo que me dice. Pero la adenda 13 se debe firmar sí o sí. Lo que no está determinado es qué circunstancia adicional se desarrolló posteriormente. Si ustedes revisan el acta del 25 de agosto de 2017, ahí si vemos discrepancias y unos compromisos entre concesionaria y concedente.

- No era más fácil rescindir el contrato

Eso lo dice el papel, en la praxis es distinto.El Perú tiene las mejores normas pero el papel de cumplimiento es cero. Lamentablemente todos esos acuerdos están a favor del concesionario.

Proyecto Majes Siguas II, últimas noticias:

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