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Sociedad

Sentencian a dos varones por violar normas durante estado de emergencia

Puno. Sentencia fue emitida en la ciudad de Juliaca. Ambos varones se acogieron a la terminación anticipada para no prolongar su proceso. Es decir que admitieron sus delitos.

Puno. Sentenciados admitieron delitos cometidos en estado de emergencia.
Puno. Sentenciados admitieron delitos cometidos en estado de emergencia.

No acatar la cuarentena sí puede acarrear una sentencia judicial. Este es el caso de dos varones que fueron encontrados culpables de los delitos de violación a las medidas sanitarias en pleno estado de emergencia y conducción en estado de ebriedad en la ciudad de Juliaca - Puno. Ambos admitieron sus delitos por lo que su sentencia se redujo.

Fue el magistrado Santos Llanos Quispe, del Juzgado Mixto de Emergencia de la Provincia de San Román Juliaca, quien resolvió sentenciar a dos años de pena privativa de libertad con carácter suspendido a Rubén Mendoza Pancca y David Hancco Cahuapaza.

De acuerdo a la acusación fiscal, ambos ciudadanos además del estado en el que se encontraban cometieron el delito de violación a las medidas sanitarias. Según el Código Penal, en su artículo 292° señala que “el que viola las medidas impuestas por la ley o por la autoridad para la introducción al país o la propagación de una enfermedad o epidemia o de una epizootía o plaga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años y con 90 a 180 días - multa”.

TERMINACIÓN ANTICIPADA

A fin de reducir sus condenas, tanto Mendoza Pancca y Hancco Cahuapaza se acogieron al proceso de terminación anticipada, un beneficio procesal que permite al imputado beneficiarse con la reducción de la pena, siempre y cuando reconozca y acepte su responsabilidad penal, es decir que admita su delito.

En este caso, ambos reconocieron los delitos que les imputaron por lo que el magistrado, además de la sentencia, les impuso el pago de reparación civil a favor de los agraviados. Precisamente se constituyeron en actor civil, en representación del Estado Peruano, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Además ambos sujetos deben pagar una multa.

De ese modo, David Hancco tendrá que pagar una reparación civil de 1800 soles y una multa de 1200 soles; mientras que el ahora sentenciado Rubén Mendoza debe reparar el daño con un pago de 900 soles mientras que su multa asciende a 500 soles.

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