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Política

Juez rechazó la prisión preventiva para Nadine Heredia y exministros

Insuficiencia probatoria. Solo les imponen comparecencia restringida y el depósito de una caución de 50 mil soles.

Por falta de evidencias, el juez de investigación preparatoria Juan Sánchez Balbuena rechazó el pedido de prisión preventiva contra la ex primera dama de la Nación Nadine Heredia Alarcón y los exministros Luis Castilla y Eleodoro Mayorga. Ante lo cual, solo dictó contra ellos comparecencia restringida y el depósito de una caución en el banco de la Nación de 50 mil soles cada uno. La fiscal del Equipo Especial Lava Jato, Geovana Mori, apeló la decisión.

Conforme lo había señalado La República, a partir de lo que se observó en las audiencias, no se había presentado un solo hecho objetivo que permitiera establecer con cierta certeza que había un delito.

El juez dijo que la sola conjetura no es suficiente para establecer con alta probabilidad la existencia del delito. Anotó que la declaración de Jorge Barata solo permite establecer que hubo reuniones con Ollanta Humala, Nadine Heredia y otros funcionarios y que hablaron del proyecto del Gasoducto del Sur, pero nada más.

Sobre las declaraciones en colaboración eficaz de José y Hernando Graña, señaló que estos se refieren a eventos que les contó Jorge Barata, quien no ha confirmada nada. La declaración de un Graña no puede confirmarse con la declaración de otro Graña, se necesitan otras pruebas.

Tampoco se presentó algo concreto que permita establecer que las acciones que desplegaron los ministros estuvieron destinadas a favorecer a Odebrecht, pues los hechos descritos por la fiscal tienen relación con el desempeño de sus funciones.

Junto a la falta de evidencias concretas, el magistrado explicó que el delito de colusión solo lo puede cometer un funcionario público y que para ser agravado se debe establecer un perjuicio económico del Estado, lo que no se evidencia en este caso.

La fiscal, señaló el juez, dice que el acuerdo colusorio se da con el aporte de Odebrecht a la campaña Nacionalista el 2011, pero en ese momento ellos no eran funcionarios públicos, por lo tanto, no habría colusión.

Tampoco está demostrado que Heredia haya ejercido como un funcionario de facto, en su calidad de esposa del entonces presidente Ollanta Humala.

En base a lo cual, el juez Sánchez Balbuena concluyó que no había una alta certeza de la existencia del delito. Tampoco se establecieron indicios de que los investigados obstaculicen las investigaciones o pretendan fugar.

La definición del delito

Por primera vez en el desarrollo del caso Lava Jato, el juez Juan Sánchez Balbuena hizo un análisis de aspectos formales del trabajo del Equipo Especial, referidos a tipificación de los hechos supuestamente ilícitos, la calidad de funcionarios públicos de los investigados, la necesidad de establecer un perjuicio al Estado y la corroboración de las colaboraciones eficaces.

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Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y Periodismo. Gran Premio Nacional de Periodismo 2014. Premio Periodismo y Derechos Humanos 2016. Un reportero metido entre jueces, abogados, expedientes, la gente y sus vivencias. Editor Judicial.