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Política

Una barrera más alta para los cargos públicos

Filtro electoral. Fórmula aprobada por el Congreso prohibiría a condenados por delito doloso postular en elecciones y acceder a puestos de confianza en el Estado. Especialistas tienen posturas divididas sobre la propuesta normativa.

El proyecto aprobado por el Congreso para que los condenados en primera instancia judicial no puedan postular a cargos de elección popular, con respaldo del presidente Martín Vizcarra en recientes declaraciones, sube la valla para llegar a altos puestos en el Estado. Tanto así que, para algunos especialistas, sería una modificación polémica.

El proyecto de ley, que necesita ratificación del Parlamento en la nueva legislatura, plantea impedir que postulen “a cargos de elección popular” quienes tengan condena judicial de primera instancia por delito doloso, sea como autores o cómplices. También les prohibiría ejercer la función pública “mediante designación en cargos de confianza”.

De este modo, subiría la valla para altos puestos en el Estado. Actualmente solo están impedidos de postular militares y policías. El año pasado, el Gobierno planteó prohibir que candidateen a cargos de elección popular quienes tengan condena en primera instancia judicial por delitos dolosos, pero con pena mayor a cuatro años. Ahora, se busca incluir todos los delitos y ampliar la barrera a los puestos de confianza del Estado.

Es decir, si el proyecto se hace norma, los ciudadanos que hayan recibido una sentencia condenatoria de un juzgado no podrán postular a cualquier cargo de elección popular, sea presidente de la República, vicepresidente, congresista, gobernador regional, alcalde, consejero regional o regidor, entre los más visibles. Pero tampoco podrían ser designados en puestos de confianza en el Estado como ministro o asesor, entre otros.

Para que esta propuesta se haga norma necesita ser aprobada por el Congreso otra vez en esta legislatura por más de dos tercios de los parlamentarios. Al cumplir todo el proceso, se haría parte de nuestra Constitución, máximo texto normativo del país.

“Lo que no pudieron hacer en días, semanas y meses de trabajo, lo pudieron hacer rápidamente, plantearon el debate y aprobaron. En ese sentido, felicito al Congreso por esa rectificación del error que habían cometido”, dijo Vizcarra este lunes sobre el proyecto.

Controversia

Especialistas consultados por La República tuvieron opiniones divididas al respecto.

“Es un tanto polémico. Podría decirse que va contra el derecho de las personas a la revisión de sentencias en segunda instancia. A favor, podría decirse que, en el sistema penal, las sentencias se ejecutan incluso en primera instancia. El problema se daría si el juez de primera instancia suspende la ejecución hasta que se resuelva la apelación”, anotó Romy Chang, abogada penalista y profesora de la Universidad Católica (PUCP).

“Y entrarían todo tipo de delitos dolosos, desde omisión de asistencia de alimentos, manejar en ebriedad, delitos contra el honor u otro con pena no muy grave”, añade.

“Es positivo. Incluye delitos de corrupción que a veces no superan los cuatro años. Hay que ponderar. En aras de salvaguardar el correcto funcionamiento de la administración pública, se puede impedir que ellos ingresen”, alega Rafael Chanjan, abogado e investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUCP (Idehpucp).

“Si una segunda instancia corrige o contradice lo que dice la primera instancia, me atrevería a decir que esa primera instancia no debería ser tomada en cuenta”, agrega.

“La norma debe tener un mejor estudio. Impedir por una sentencia de primera instancia es discutible. Afectaría la presunción de inocencia y derecho a ser elegido”, aduce Germán Small, abogado y decano de Derecho de la Universidad Mayor de San Marcos.

“Está bien que para acceder al Estado se pide tener una hoja limpia, pero debe estudiarse mejor la manera. Una sentencia en primera instancia puede ser materia de impugnación y la Constitución garantiza la presunción de inocencia”, sostuvo Small.

En los próximos meses, se definirá si la propuesta llega a nuestra Constitución.

Opiniones

Romy Chang, penalista (PUCP)

“Si el juez suspende la pena, sería un tanto contradictorio que no se le dejara postular al Congreso o a un cargo público con una condena en primera instancia, pero cuya ejecución ha sido suspendida”.

Rafael Chanjan, penalista (Idehpucp)

“El TC ya ha dicho que hay un principio constitucional que es asegurar una buena administración. Es perfectamente constitucional aplicar este tipo de limitaciones en aras de salvaguardar ese bien jurídico”.

Germán Small, penalista (U. San Marcos)

“Quizá el proyecto aprobado debió ser mejor estudiado. La Constitución y las normas de derecho garantizan la presunción de inocencia. Una sentencia en primera instancia puede ser materia de impugnación”.

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Periodista peruano con experiencia en diversos medios de comunicación, principalmente sobre asuntos políticos y sociales. Graduado de Periodismo en la Pontificia Universidad Católica del Perú y Literatura en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.