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Política

25% de la AFP: Congreso envía autógrafa de la intangibilidad de los fondos al Ejecutivo

Ley declara que retiros de los fondos de los afiliados al sistema privado de pensiones, comprendidos en la norma del 25%, no podrán ser tocados por descuentos de ningún tipo.

Consulta el retiro del 25 % de tu AFP. Foto: composición.
Consulta el retiro del 25 % de tu AFP. Foto: composición.

El Congreso de la República remitió este martes al Poder Ejecutivo la autógrafa de la ley que declara la intangibilidad de los fondos del retiro que hagan los afiliados amparados en la ley del 25% de las AFP.

El documento, despachado por el titular del Parlamento, el congresista de Acción Popular Manuel Merino de Lama, contiene la última normativa aprobada la semana pasada en el Pleno del Congreso, y que declara expresamente que el dinero retirado no es pasible de ser objeto de descuento ni retención de ninguna índole.

La fórmula legal se concentra en una modificación agregada a la Ley del Retiro del 25% de las AFP, impulsada y sacada adelante por el actual Congreso en el marco de una serie de medidas que la representación nacional adoptó para darle mayor liquidez a la ciudadanía ante las duras circunstancias, a nivel económico, impuestas por las medidas del Gobierno, ante la pandemia de coronavirus.

Al pie de la letra, el artículo aprobado señala que:

“El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantienen la condición de intangibles, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”.

Seguido, el documento legal plantea como única excepción que.

“Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”.

Autógrafa que declara la intangibilidad de los fondos de hasta 25% retirados de las AFP.

Autógrafa que declara la intangibilidad de los fondos de hasta 25% retirados de las AFP.

Plazo

A partir de ahora, el presidente Martín Vizcarra cuenta con un plazo de ley de 15 días hábiles para promulgar o, en su defecto, observar la autógrafa.

Es decir que hasta el próximo 15 de junio se definirá el futuro de la ley aprobada el último viernes en el Congreso.

Desde el pasado 18 de mayo, es preciso subrayar, los aportantes de las AFP pueden solicitar el retiro de hasta el 25% de sus fondos previsionales, por lo que, de demorarse la promulgación de la declaración de intagibilidad, los fondos podrían verse afectados por un recorte o retención.

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