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Política

Autorizan a todos los jueces penales de Lima a revisar situación de presos

Con el objetivo de descongestionar los penales. Se evaluarán beneficios penitenciarios y revisaran las prisiones preventivas.

Jueces usan Google Hangouts en audiencia de juicio oral.
Jueces usan Google Hangouts en audiencia de juicio oral.

La presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del juez superior Miguel Ángel Rivera Gamboa, autorizó a partir de hoy a todos los jueces penales de Lima para que durante el Estado de Emergencia Nacional puedan revisar de oficio y/o a pedido de parte la situación jurídica de los procesados y sentenciados privados de su libertad.

El trabajo que realicen los jueces será remoto, totalmente virtual, tanto para recibir las solicitudes de revisión, realizar audiencias, con el empleo de medios tecnológicos idóneos, notificar citaciones y resolver y notificar las decisiones, siempre que se garantice el debido proceso.

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Asimismo, la Corte ha habilitado la dirección de correo situacjuridicapenalcsjlim@pj.gob.pe para que los litigantes y abogados puedan presentar sus solicitud de beneficios penitenciarios y de revisión de las medidas restrictivas de libertad o penas efectivas de prisión impuestas a reos procesados o sentenciados.

La resolución precisa que los Juzgados Penales con Reos en Cárcel, Juzgados Penales de La Víctoria y San Luis, el Tercer Juzgado Mixto de Emergencia y los Juzgados de Transito y Seguridad Vial, continuarán habilitados para realizar dicha revisión y brindar los beneficios que se solicita.

De acuerdo con una directiva del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los jueces están facultados a evaluar y resolver las solicitudes de variación del mandato de detención o cese de la prisión preventiva, según corresponda.

Menores infractores

La Cortes Superior de Justicia de Lima también autorizó al Tercer y Quinto Juzgados de Familia para, que durante el Estado de Emergencia evalúe y resuelva los pedidos de vencimiento de internación preventiva, variación de medida socioeducativa de internación y beneficios de semilibertad de menores infractores, recluidos en los centros juveniles.

Las medidas socieducativas de internación podrán ser variadas teniendo en cuenta la vulnerabilidad de la salud del adolescentes y la gravedad de la infracción cometida. El juez podrá ordenar la libertad del adolescente cuando se haya cumplido el plazo de internación o el menor se encuentre con prisión preventiva.

Los familiares y/o abogados de los menores infractores podrán presentar sus solicitudes a través de los correos electrónicos: 3juzgadofamiliacsjlima@pj.gob.pe y 5juzgadofamiliacsjlima@pj.gob.pe.

Todas estas medidas han sido dispuestas, en el marco de una política institucional del Poder Judicial destinada a reducir la sobrepoblación en los centros penitenciarios del país y proteger a los adolescentes infractores recluidos en los centros juveniles, ante el avance y propagación del COVID-19 al interior de los centros de reclusión.

Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y Periodismo. Gran Premio Nacional de Periodismo 2014. Premio Periodismo y Derechos Humanos 2016. Un reportero metido entre jueces, abogados, expedientes, la gente y sus vivencias. Editor Judicial.