Manuel Vera Paredes, candidato por Todos por Arequipa no consignó en su expediente de inscripción sentencia. Condena puede activar una tacha. ,Manuel Vera Paredes, alcalde de Cerro Colorado y candidato al municipio provincial por el movimiento regional Todos por Arequipa, olvidó (u omitió) consignar una sentencia por alimentos en su hoja de vida presentada ante Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa. Esto podría ser causal de tacha que podría retirarlo de la contienda electoral. Aunque dependerá del punto de vista de los miembros del jurado. La sentencia que Vera Paredes olvidó poner en su hoja de vida fue emitida por la Primera Sala Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima el 2 de octubre del 2017. PUEDES VER: Comisión Majes Siguas II elegirá nuevo presidente luego del 15 de julio Según versa el documento, fue Vera Paredes quién demandó a su expareja Myriam Echegaray Terrazas en materia de divorcio. Sin embargo, en primera instancia la decisión salió en parte a favor de su exesposa en diciembre del 2016. Echegaray Terrazas apela. Y la Primera Sala Especializada emitió su veredicto agregando el pago de una indemnización de 30 mil soles y una pensión alimenticia de mil soles mensuales a favor de Echegaray. Historia delicada La historia entre ambos es larga y llena de entrampamientos muy personales. Podemos indicar que se casaron en 1975 en la municipalidad provincial de San Román en Juliaca (Puno). El producto de su unión fue una niña, que hoy ya es mayor de edad. Se separaron definitivamente en 2002, luego de que Vera Paredes llegó de un viaje de 8 meses a Alemania. Hoy el edil tiene otro compromiso. La demanda de divorcio interpuesta por Vera Paredes tuvo una primera sentencia en diciembre del 2016. Su exesposa no quedó contenta con lo que determinó el juez, por lo que apeló en segunda instancia. Se detalla que la exesposa del edil sufre una enfermedad que le impide trabajar y durante muchos años debió asumir el pago mensual del departamento que compraron juntos y el sustento de su hija. Sentencia apelable La sentencia emitida por la Sala es apelable ante la Suprema. "Pero este tipo de casos siempre resultan a favor de la agraviada. Es un tema de alimentos. Si apela, podría obtener una multa mayor. Pienso que ya no tiene nada más que hacer que consentirla", indicó el abogado Elbio Peralta, al que se consultó. Además, al pasar por segunda instancia debió consignarse ante el JEE de Arequipa en su hoja de vida adjunta a su solicitud de inscripción para postular al municipio provincial. La República trató de hablar con Vera Paredes, pero este volvió a cambiar de teléfono y no se presentó a eventos donde debió estar. De forma extraoficial se supo que el edil apeló pero no se sabe por qué motivo no lo consignó en su hoja de vida. Roberto Vega - Especialista en temas electorales Se entiende que esos datos (las sentencias por alimentos) debieron consignarse en la presentación de expediente de inscripción. Resulta inaudito y cuestionable si hubo una omisión del candidato porque como no va a saber si la sentencia fue emitida en segunda instancia. Ya resultaría en todo caso atribución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa si acepta una anotación nominal o si ampara una tacha que pueda interponer un ciudadano por la omisión. Se hizo bastante énfasis a través de las capacitaciones a los personeros sobre la inclusión de estos datos. La responsabilidad es mutua tanto del candidato como del personero legal. El personero tiene acceso a la ventanilla única y puede ver las sentencias de su candidato. Hay varios filtros hasta que llega la inscripción. Ya queda en manos del JEE de Arequipa