Estudiantes transgéneros deben ser tratados con respeto de acuerdo a su identidad de género en Colombia
La Corte Constitucional del país instó a las instituciones educativas a no discriminar a los estudiantes por su orientación sexual ni su identidad de género.
Colombia a favor de la identidad de género en su población trans. La Corte Constitucional del país hizo un llamado a las instituciones educativas para evitar tratos discriminatorios que vulneran los derechos de los estudiantes transexuales y transgéneros al no brindar garantías acorde con su identidad.
De acuerdo al artículo 16 de la Constitución colombiana, sobre el alcance del derecho al libre desarrollo de la personalidad, cada persona manifiesta su autonomía “sin limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico” para decidir los aspectos relacionados a su identidad.
La Corte Constitucional manifestó que cuando no se les brinda un trato digno a los estudiantes transgéneros con su identidad se vulneran sus derechos a la igualdad, a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad y a la educación.
La organización jurídica hizo el llamado después de que se evidenció un acto discriminatorio en un colegio. Según reportó la Corte Constitucional, la institución educativa no dejó que una alumna se graduara vestida de mujer sino con esmoquin, pues en su cédula ciudadana aparecía un sexo que no la representaba.
Asimismo, durante la ceremonia, el comité organizar llamó a la alumna por el nombre que le asignaron al momento de nacer y no conforme a su identidad individual: Cristina Andrea, pese a saber que ella expresamente se había reconocido como tal.
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La Corte Constitucional consideró “inaceptables y reprochables” al conjunto de los actos cometidos por las autoridades de la institución educativa, ya que constituyeron “un trato discriminatorio compuesto, continuo y sistemático en razón de la orientación sexual e identidad de género diversas de la estudiante”.