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Género

Alcaldesa provincial y gobernadora, cargos públicos al que pocas mujeres acceden en el Perú

En las últimas Elecciones Regionales y Municipales 2018, solo 7 de las 196 alcaldías provinciales fueron ocupadas por mujeres. Una especialista analiza las trabas que enfrentan esta población en los espacios políticos.

representación femenina en política
representación femenina en política

Recientemente, la regidora Romi Carmen Infantas Soto asumió la alcaldía de Cusco, luego que el alcalde Ricardo Valderrama Fernández diera positivo a la COVID-19 y pasara a cumplir la cuarentena en su domicilio. De esta manera, Infantas se sumó a la corta lista de alcaldesas provinciales del país, un cargo que sigue siendo representado, en su mayoría, por varones.

Según un informe elaborado por el Programa para la Igualdad Política del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre las últimas Elecciones Regionales y Municipales 2018, solo 7 de las 196 alcaldías provinciales fueron ocupadas por mujeres.

En este último periodo, las mujeres con este cargo solo representan el 3.6 % del total. Una situación que no cambia desde hace más de una década, ya que desde el 2006 la representación de alcaldesas provinciales no ha superado el 5 %, según reveló una investigación dirigida por Ojo Público.

“Para los cargos de gobierno regional y, sobre todo, de alcaldía provincial no se aplica la paridad y alternancia, ni tampoco la cuota de género del 30%. Por eso, año a año esos números nunca suben”, manifiesta a este diario Diana Párraga, vocera de la campaña Somos la mitad, queremos paridad.

¿Quiénes son las alcaldesas provinciales?

Para el periodo vigente 2018-2022, las alcaldesas provinciales en funciones son las siguientes:

- Yolinda Barrantes Quenallata, de San Antonio de Putina (Puno)

- Rocío Narváez Choquecahuana, de Antabamba (Apurímac)

- Lilia Gallegos Cuéllar, de la provincia Grau (Apurímac)

- Eveling Feliciano Ordoñez, de Huarochirí (Lima)

- Emma Mejía Venegas, de Ica (Ica)

- Elva Dionisio Inga, de Yauyos (Lima)

- Violeta Muro Mesones, de Ferreñafe (Lambayeque)

- Romi Carmen Infantas Soto, de la provincia de Cusco (Cusco). Asumirá este cargo solo hasta el 9 agosto

Las mujeres como alcaldesas distritales

En el caso de las alcaldías distritales, en el 2018 fueron elegidas 83 mujeres y tras las Elecciones Complementarias de julio del 2019, a la lista se sumó una más (84).

De acuerdo al JNE, en la actualidad solo el 5% del total de alcaldías a nivel nacional está a cargo de una mujer.

No existe una gobernadora regional en el país

Según el informe de la Defensoría del Pueblo, en las elecciones regionales y municipales 2018 no hubo ninguna gobernadora regional. Los 25 puestos fueron ocupados por varones.

En los últimos 18 años, solo han habido cuatro gobernadoras mujeres: María Constantinides, Yamila Osorio, Rosa Medina y Luzmila Templo.

Ley sobre la paridad y alternancia

El pasado jueves 23 de julio, el Gobierno promulgó la Ley 31030 que modifica la norma de legislación electoral para garantizar la paridad y alternancia en las listas de candidatos al Congreso, el Parlamento Andino, en la fórmula presidencial (presidencia y vicepresidencias), consejos regionales y regidores.

Además, obliga a que en cada organización política la mitad de sus candidatos a gobernadores regionales sean hombres y la otra mitad, mujeres. Por última, busca paridad en listas para cargos directivos de los partidos.

De esta forma, Párraga afirma que se espera que la representación femenina en la política mejore, ya que la primera barrera que enfrentan las mujeres es que no se garantiza que estas encabecen la listas de candidatos.

Acoso político

“De cada 5 mujeres autoridades, 3 son víctimas de acoso político”, asegura Diana Párraga. En el primer semestre de este año, la representante de Somos la mitad, queremos paridad revela a La República que han reportado un total de 15 casos de este tipo de violencia contra la mujer.

El acoso político es “cualquier acción, conducta u omisión, realizada de forma directa o a través de terceros que, basada en su género, cause daño o sufrimiento a una o a varias mujeres, y que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos”, según indica el Art. 3 de la Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra la Mujeres.

Párraga comenta que este tipo de violencia se manifiesta mediante “agresiones verbales, amenazas a ella y/o sus familiares, intromisión a su vida privada, cuestionamiento a su vida personal o difamación a través de redes sociales”.

“El Plan Nacional de Violencia ya reconoce al acoso político como una modalidad de violencia”, puntualiza la experta, y agrega que debido a ello es que ahora los Centros Emergencia Mujer (CEM) atienden también a sus víctimas.

Bachiller en Periodismo y estudiante de la maestría en Estudios de Género por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Con interés en temas de género, sexualidad y derechos humanos.