El próximo 13 de octubre será un día no laborable en la región de Piura, conforme a la Ordenanza Regional 443-2019. La medida busca facilitar la participación en las festividades dedicadas al Señor Cautivo de Ayabaca, una de las celebraciones más importantes del norte peruano. Miles de devotos y turistas asisten a venerar la imagen sagrada y a cumplir la tradicional peregrinación hacia el santuario.
Este día no laborable aplica para los trabajadores del sector público y privado en toda la región de Piura, permitiendo que los fieles puedan asistir a las actividades religiosas sin afectar sus compromisos laborales. Sin embargo, es importante considerar que en el sector público las horas no trabajadas deberán ser compensadas posteriormente, mientras que en el sector privado la aplicación de este asueto se realiza por mutuo acuerdo entre empleadores y empleados.
El 13 de octubre fue declarado día no laborable en Piura para conmemorar la festividad del Señor Cautivo de Ayabaca, una tradición que se remonta a mediados del siglo XVIII. La celebración se centra en la imagen de Cristo esculpida en un tronco de cedro, que según la leyenda fue tallada por ángeles disfrazados de humildes artesanos. Este día, miles de fieles se congregan en Ayabaca para participar en la procesión y rendir homenaje al Señor Cautivo, a quien atribuyen milagros y favores concedidos.
La importancia cultural y religiosa de esta festividad motivó a las autoridades regionales a declarar el 13 de octubre como día no laborable en toda la región de Piura, permitiendo que los devotos puedan participar plenamente en las actividades sin interrumpir sus obligaciones laborales. Además, la celebración ha sido reconocida como Patrimonio Cultural de la Nación desde el año 2013, lo que resalta su valor histórico y espiritual para la comunidad.
El día no laborable del 13 de octubre aplica tanto para los trabajadores del sector público como para aquellos del sector privado en la región de Piura. Según lo establecido en la Ordenanza Regional 443-2019, las instituciones públicas deberán coordinar la compensación de las horas dejadas de trabajar en las semanas siguientes al asueto. Por otro lado, en el sector privado, la implementación de esta disposición dependerá de los acuerdos previos entre empleadores y empleados, quienes podrán decidir si se acogen a esta medida o no.
Cabe mencionar que, a diferencia de un feriado nacional, en el cual el descanso es obligatorio y remunerado para todos los trabajadores, un día no laborable como el 13 de octubre en Piura no cuenta con las mismas condiciones. Esto significa que las horas no trabajadas deberán ser compensadas posteriormente para que los empleados mantengan su salario completo.
En el Perú, la diferencia entre un feriado y un día no laborable radica en su obligatoriedad y en la forma en que se compensa el tiempo no trabajado: