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Sociedad

EsSalud 2024: Lista de familiares del titular que pueden acceder al seguro

Para el registro de derechohabientes en EsSalud, se necesita presentar documentación específica como partidas de nacimiento o actas de matrimonio. Cumplir con estos requisitos garantiza el acceso a servicios médicos.

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El proceso de registro de los derechohabientes en EsSalud es responsabilidad de la entidad empleadora. Foto: Andina

El Seguro Social de Salud (EsSalud) en Perú garantiza la cobertura médica no solo para el trabajador afiliado, sino también para sus familiares directos, conocidos como derechohabientes. Este beneficio permite que accedan a atención médica integral, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por EsSalud.

Para acceder a estos servicios, es fundamental que el asegurado registre a sus derechohabientes de manera correcta. A continuación, se detallan qué familiares pueden ser beneficiarios del seguro, los documentos requeridos para su inscripción y los pasos a seguir para completar el proceso de registro.

EsSalud y derechohabientes: lista de familiares del titular que pueden acceder al seguro

EsSalud permite que varios familiares del titular sean beneficiarios del seguro de salud, siempre que cumplan ciertos requisitos. A continuación, te presentamos la lista de familiares que pueden acceder al seguro como derechohabientes:

  • Cónyuge o concubino(a) del asegurado.
  • Hijos menores de edad.
  • Hijos mayores incapacitados de manera total y permanente para trabajar, según la evaluación de EsSalud.
  • Hijos desde la concepción, lo que permite brindar atención médica a la madre gestante.

Cada uno de estos familiares puede ser incluido en la cobertura de EsSalud, asegurando su acceso a servicios médicos, tratamientos y atención en hospitales o clínicas afiliadas. Sin embargo, para que esto sea posible, es necesario cumplir con los requisitos específicos establecidos por la entidad.

Mira los requisitos para registrar a los derechohabientes en EsSalud

Registrar a los derechohabientes en EsSalud requiere una serie de documentos, dependiendo del familiar que se desee incluir en el seguro. A continuación, se detallan los requisitos según cada caso:

  • Para el cónyuge:
  • Formulario N° 1010, llenado y firmado por el titular o cónyuge.
  • Copia del Acta o Partida de matrimonio civil, con antigüedad no mayor a seis meses.
  • Si el matrimonio fue en el extranjero, se requiere el Acta legalizada por el consulado peruano o con el sello de la Apostilla de la Haya.
  • Para el concubino(a):
  • Formulario N° 1010, firmado por el asegurado titular o concubino(a).
  • Documento de reconocimiento de la Unión de Hecho mediante Resolución Judicial o Escritura Pública.
  • Para los hijos menores de edad:
  • Formulario N° 1010, firmado por el titular del seguro, el padre o la madre del menor.
  • Copia de la Partida de nacimiento del menor.
  • Para los hijos mayores de edad incapacitados:
  • Formulario N° 1010, firmado por el titular, el padre, la madre o el curador.
  • Dictamen de Incapacidad emitido por el Comité Médico de EsSalud.
  • Copia de la Partida de Nacimiento y Declaración Jurada que confirme la incapacidad total y permanente.
  • Para la madre gestante de un hijo extramatrimonial:
  • Formulario N° 1010, firmado por el titular.
  • Documento que acredite el reconocimiento del concebido (escritura pública o sentencia judicial).

Cumplir con estos requisitos es esencial para asegurar que los familiares del titular puedan beneficiarse de los servicios de EsSalud.

EsSalud 2024: ¿cómo se registra a los derechohabientes?

El proceso de registro de los derechohabientes en EsSalud es responsabilidad de la entidad empleadora. El trámite se realiza a través del T-Registro, una plataforma que permite la inscripción de los familiares del trabajador para que puedan acceder a la cobertura de salud. El asegurado titular debe proporcionar a su empleador toda la documentación necesaria para que este gestione el registro.

Además, es importante recordar que el aporte al seguro de EsSalud es obligatorio y corresponde al 9% del salario mensual del trabajador, el cual es asumido por el empleador. En el caso de los pensionistas, el aporte es del 4% de la pensión, mientras que los trabajadores agrarios están sujetos a tasas progresivas según lo establecido en la Ley N° 31110.

Una vez completado el registro, los derechohabientes podrán acceder a los beneficios de EsSalud, que incluyen atención médica, hospitalización y otros servicios esenciales para su bienestar.