La Corte Suprema del Poder Judicial evaluará el miércoles 16 si el presidente Pedro Castillo puede ser investigado por la Fiscalía durante su mandato. Lo hará al analizar el recurso del jefe del Estado que busca anular el fallo del juez supremo Juan Carlos Chekley que respaldó la indagación que le realiza la fiscal de la Nación, Patricia Benavides.
Esta carta de la OEA ampara a sus estados miembros en materia de democracia. Foto: Composición LR/OEA/Presidencia
Checkley declaró infundado el recurso de tutela de derechos que interpuso Castillo, que pretendía anular la decisión de la Fiscalía. La defensa de Castillo alegó que la Constitución impide investigar al mandatario porque su artículo 117 prohíbe acusar a un presidente salvo en cuatro específicas excepciones.
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Castillo apeló el fallo de Checkley. La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que preside el juez supremo César San Martín, debe definir si se puede o no investigar a un presidente de la República durante su mandato.
“Hay una visión integral de la Constitución. Sí se puede investigar al presidente. El artículo 117 no se puede leer de manera aislada, debe interpretarse de modo integral con otras disposiciones y obligaciones del Estado con rango constitucional. No debe generarse impunidad respecto del presidente, sobre todo si estamos ante un caso en que habría indicios reveladores”, dice la abogada penalista Cecilia Madrid, miembro del Instituto de Ciencia Procesal Penal y profesora de la Universidad Científica del Sur.
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“Interpretando como corresponde, el presidente sí podría ser investigado pero no acusado porque la acusación es un acto fiscal que se da en una etapa posterior a la investigación. La acusación implica pretensión punitiva, reparatoria. Eso no se puede porque tiene inmunidad. Sí puede ser investigado porque de eso no está excluido, de eso no tiene inmunidad”, aduce el abogado penalista Mauro Pari, profesor de la Universidad Católica de Santa María (UCSM) de Arequipa.
Así, el debate continúa.