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Política

Sala Penal Permanente ratificó fallo que rechazó la detención preliminar del congresista Freddy Díaz

Tribunal declaró infundado recurso de apelación al considerar que Freddy Díaz “se puso a derecho, aunque no inmediatamente como correspondía”.

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Freddy Díaz está suspendido 120 días por el Congreso. En la subcomisión se tramita una denuncia constitucional en su contra. Foto: composición de Fabrizio Oviedo/La República

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia confirmó el fallo en primera instancia que rechazó ordenar la detención preliminar del congresista no agrupado Freddy Díaz, acusado de violación sexual por una extrabajadora de su despacho.

Según la resolución a la que accedió La República, la Fiscalía Suprema en lo Penal solicitaba a la Sala Penal Permanente que revoque la resolución de primera instancia y dicte detención preliminar por siete días contra el legislador debido a que, según argumentó, no estarían acreditados los arraigos y buscaría obstaculizar la investigación.

Díaz Monago, quien representa a la región Pasco en el Parlamento, declaró domicilio en un inmueble alquilado en El Agustino. Para el Ministerio Público, existe la posibilidad de que varíe de vivienda “más aún si, a la fecha, pese a residir en Lima desde que asumió la función de congresista, aún no ha realizado el cambio de su domicilio en el Reniec”.

Sobre el arraigo laboral, se alegó que este está “debilitado”, ya que fue suspendido 120 días —por ingesta de bebidas alcohólicas en sede parlamentaria— por el pleno del Congreso. También se recordó que Freddy Díaz no se presentó a una citación para declarar, estuvo como no habido y se apersonó ante la Fiscalía cuatro días después que se denunciaran los hechos.

“Estos hechos revelan que el investigado recién se hizo presente ante el Ministerio Público cuando ya no había posibilidad de ser detenido en flagrancia delictiva, por haber vencido el plazo legal”, advirtió la Fiscalía.

Finalmente, la representante del Ministerio Público alertó que el congresista, “aprovechando su posición de poder”, podría influir o amenazar a testigos, como trabajadores de su despacho y resguardo policial, para torcer la verdad.

Fallo

La Sala Penal Permanente considera que la detención preliminar “no es viable” debido a que Freddy Díaz cumplió con las diligencias y “se puso a derecho, aunque no inmediatamente como correspondía, y está interviniendo en las diligencias de investigación”.

Bajo este argumento, el tribunal que preside el juez supremo César San Martín declaró infundado el recurso de apelación y confirmó la resolución del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

Freddy Díaz