El presidente del Parlamento, José Williams, anunció que Javier Ángeles asumirá el cargo de oficial mayor del Congreso tras la renuncia de José Cevasco esta tarde. Su designación será oficializada este lunes, por lo que estos días estará tomando la encargatura de forma interina.
"El señor Javier Ángeles se hará cargo del puesto hasta que el día lunes posiblemente el Consejo Directivo lo pueda nombrar oficialmente. Ese es el procedimiento que corresponde hacer", indicó el titular de la Mesa Directiva.
Cabe precisar que el Consejo Directivo del Congreso es el encargado de acordar el nombramiento del oficial mayor luego de que se ha recibido la propuesta del presidente de este grupo y dado cuenta al Pleno.
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Javier Ángeles Lilmann, el nuevo oficial mayor del Congreso, venía desempeñándose previamente en la Dirección General Parlamentaria. Según su hoja de vida, estudió Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú, en la cual se graduó de bachiller y se tituló de abogado.
En 2012, ya había asumido el cargo que ahora le encomienda José Williams. Además, dentro del Parlamento, ha ocupado distintas posiciones, como jefe del Departamento de Redacción de Actas; director de Relatoría, Agenda y Actas; director de Procedimientos Parlamentarios; Jefe del Centro de Documentación y Biblioteca; entre otros.
La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado oficial mayor, quien responde ante el presidente del Legislativo por los resultados de las dependencias y el personal de dicho servicio.
Le corresponde la dirección, supervisión y control, directos o por delegación, de todas las actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los congresistas.
El oficial mayor tiene la representación legal de la administración. Es el jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria. Por delegación del presidente y con cargo a dar cuenta, puede celebrar los contratos necesarios para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y del servicio parlamentario. Es nombrado, pero su nombramiento puede ser revocado por acuerdo del Consejo Directivo.
Sus atribuciones y responsabilidades se establecen en el Estatuto del Servicio Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisión, pérdida de su condición de funcionario, retiro o jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo, y cese o revocatoria de su designación. En caso de ausencia o impedimento temporal, es reemplazado por el director general parlamentario.