A punto de conocerse si los mails del Ministro de Economía y Finanzas con las empresas verán la luz, la semana pasada se vio en audiencia pública un exasperante caso de falta de transparencia en el MEF. Se ocultarían cifras demostrativas de que la mayoría de contribuyentes que objetan sanciones de la SUNAT tienen la razón. El informante,Ricardo Uceda Hay una tensa expectativa por conocer los mails de la correspondencia de tres años entre empresarios y el ministro de Economía y Finanzas, Miguel Castilla, que este ha ofrecido revelar ante un pedido de acceso a la información pública del Centro Liber. Luego de su anuncio Castilla ha recibido reconocimientos anticipados de columnistas como Augusto Álvarez Rodrich y Jaime de Althaus. En efecto, sería un acto de buen gobierno abrir la correspondencia de terceros con un ministro sobre temas de Estado no clasificados como reservados o secretos. Ver para creer. Si Castilla quisiera dar el salto, lo ampara la Ley de Transparencia, que carece de dientes porque no hay una instancia que la haga cumplir. Mientras tanto es oportuno demostrar cómo se ha portado el MEF hasta ahora en estos asuntos. Un caso de estudio es el pedido de acceso a la información que en 2011 hizo al MEF la jefa de economía de Radio Programas del Perú, Elizabeth Cavero. Pidió estadística concerniente a los fallos del Tribunal Fiscal, que resuelve apelaciones de las personas naturales o jurídicas contra las sanciones de la SUNAT. La pregunta era esta: ¿cuántos fallos fueron a favor y cuántos en contra de la administración estatal? MENTIRA OFICIAL La interrogante es fundamental para evaluar el acierto de las feroces sanciones tributarias que se imponen. Como el Tribunal Fiscal se halla en el MEF, le correspondía responder la solicitud a este ministerio. El responsable negó la petición arguyendo que los datos no estaban organizados como lo pedía Cavero. Adujo, además, que la Ley de Transparencia no obligaba al Estado a construir bases de datos distintas a las existentes. Pero la respuesta del MEF estaba desautorizada por un acto previo e imborrable. En 2009 la periodista había hecho la misma petición, correspondiente a los años 2006, 2007 y 2008. ¡Y se la habían entregado! En realidad, Cavero hizo un pedido más amplio. Solicitó: 1) el número de fallos del Tribunal Fiscal por año; 2) los fallos por tipo de administración (SUNAT, Aduanas, municipios y otros); 3) por tipo de proceso (quejas o apelación); y 4) por el sentido del fallo: a favor o en contra del contribuyente. Toda esta información le fue entregada el mismo 2009, en una demostración palmaria de que el MEF sí la tenía organizada en función del requerimiento. La respuesta desnuda la inveracidad de la respuesta del ministerio dos años después, cuando la nueva administración de Miguel Castilla, ante un pedido similar de la periodista, entregó la información de los puntos 1, 2 y 3, pero no la del 4, con el pretexto señalado. Lo que respondió el MEF en 2009 fue publicado por Elizabeth Cavero en un artículo aparecido en la revista PODER, el 14 de septiembre del 2009, titulado “Pesadilla tributaria”. Su contenido explicaría por qué ahora el MEF ya no desea entregar la información. ESTADÍSTICA DE MIEDO ¿Qué decía la respuesta al misterioso punto 4? Que los contribuyentes habían ganado en el Tribunal Fiscal el 60% de los casos contra la SUNAT y el 80% de los casos contra los municipios. Esto después de enfrentarse durante varios años contra las administraciones tributarias, algo que solo los contribuyentes adinerados pueden hacer. La nota mostraba casos de empresas que habían cargado con sus reclamaciones hasta ocho años, en procesos kafkianos y enfrentando, antes de llegar al Tribunal Fiscal, una primera instancia que también les era adversa porque dependía de la SUNAT. Cavero mostraba las estadísticas año por año. Llegaba a la conclusión de que la alta proporción de fallos del tribunal a favor de los contribuyentes ponía en tela de juicio la calidad de las acciones de fiscalización y auditoría de la entidad recaudadora. Del 2006 al 2008 el Tribunal Fiscal había visto 1,868, 3,107 y 4,630 quejas y apelaciones contra la SUNAT, que fueron resueltas a favor de los recurrentes en una proporción de 58.21%, 60.14% y 62.41%, respectivamente. En una medida ligeramente mayor perdía sus casos Aduanas. En el 2008, en el mismo nivel que años anteriores, las resoluciones de los municipios habían perdido en un 82.74% de los casos. Entidades como Essalud y la ONPE estaban peor. Ese año el Tribunal Fiscal invalidó el 92.81% de sus resoluciones sancionadoras. Las estadísticas eran de miedo, y el 12 de octubre del 2011 Cavero solicitó la misma información para 2009, 2010 y lo que iba del año en curso. Quería hacer un seguimiento. Cinco días después, Richard Díaz Sabroso, el responsable de transparencia del MEF, contestó que no se le podría entregar el sentido –a favor o en contra– de las resoluciones del Tribunal Fiscal. SINRAZONES DEL NO La negativa oficial argüía que la información correspondiente al punto 4 de la solicitud no estaba creada por el MEF ni por el Tribunal Fiscal. A continuación, se amparaba en la Ley de Transparencia, que expresamente advierte que las instituciones públicas no están obligadas a producir información que no tuvieren al momento del pedido. Tampoco puede serles exigido un análisis de los datos que posean. Así, el MEF dio más importancia a una excepción que al derecho de acceso a la información pública. La respuesta negativa abrió paso a la segunda parte de esta historia. Elizabeth Cavero se vio en la disyuntiva ante la que se hallan los ciudadanos ninguneados por el Estado. Deben recurrir a un juez para que, luego de un proceso con apelaciones y subidas al Tribunal Constitucional –puede demorar unos cinco años–, tengan la expectativa de obtener la información que solicitan. Obligatoriamente el caso debe ser defendido por un abogado idóneo. Un presupuesto razonable de sus honorarios puede ser de diez mil dólares por todo el proceso. Por eso es acertado decir que el derecho de acceso a la información pública es impracticable en el Perú. Ni los medios de comunicación asumen los costos del litigio por una solicitud rechazada. En el caso de los fallos del Tribunal Fiscal, un convenio Pro Bono entre el IPYS y el Estudio Pereira Asociados permitió a Elizabeth Cavero entablar una acción de Hábeas Data en contra de la negativa del MEF. El argumento llevado al juicio fue simplísimo: el MEF no tenía que construir nueva información ni hacer ningún análisis para darle información a la periodista. TRES AÑOS DESPUÉS No había que construir información nueva porque el sentido de los fallos del Tribunal Fiscal ya estaba creado en el momento en que se emitieron. Tampoco la recopilación del sentido de estos fallos implicaba algún análisis. Por lo demás, el estudio de su propia jurisprudencia era parte de las responsabilidades del tribunal. Sus normas lo obligan a analizar y clasificar los expedientes, a verificar la uniformidad de criterios de las resoluciones y a supervisar la base de datos informativa. Por último, el hecho de que en 2009 se hubiera entregado la estadística que ahora se negaba, era una prueba irrefutable de que la información preexistía. Por eso, el 30 de mayo del 2013, el 7º Juzgado Constitucional de Lima le dio la razón a Elizabeth Cavero y ordenó al MEF entregar la información que se reservaba. El MEF, previsiblemente, apeló. El pasado 14 de agosto, en audiencia pública, se vio la causa ante la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Lima. El procurador del Estado no se presentó, algo inexplicable. ¿Por qué el MEF prefiere litigar tres años en contra de un ciudadano en vez de entregar una información elemental? Ningún tribunal serio carece de estadísticas sobre el sentido de sus fallos. –Esto demuestra que el MEF manipula el texto de la Ley de Transparencia para que sus sanciones a los contribuyentes no sean fiscalizadas –dijo Roberto Pereira, abogado de Cavero. La perversión es mayor. El abogado Alfredo Bullard ha hecho notar que la SUNAT, que impone las sanciones tributarias, financia y capacita a los jueces que deben resolver reclamos en contra suya. No solo hay conflicto de interés. Según las estadísticas publicadas por Cavero, los abogados de los contribuyentes ante el Tribunal Fiscal serían mejores capacitadores que los profes de la SUNAT.