Por: Berlin Diques, presidente de la Organización Regional AIDESEP Ucayali (ORAU)
La política es el ejercicio y gestión del poder, en nuestro país hay poderes que se han impuesto a otros a lo largo de la historia. Esta situación ha construido y legitimado visiones de desarrollo y de Nación en las que se ha invisibilizado a quienes habitamos y protegemos la Amazonía desde antes de la existencia del Estado. Así, se nos han superpuesto proyectos extractivos y de infraestructura, en su mayoría, sin consulta previa a los pueblos indígenas.
El derecho a la consulta previa emergió como resultado de nuestras luchas para enfrentar esta invisibilización, buscando legítimamente ejercer nuestro derecho a ser parte de las decisiones que nos afectan e impulsando que se incluyan nuestras propuestas de desarrollo, respetando nuestras cosmovisiones. Sin embargo, su implementación ha intentado quitarle contenido e imponer una narrativa por la cual la consulta sea solo un mecanismo informativo y útil, únicamente, para dar permiso a actividades que finalmente nos afectan como pueblos indígenas.
Desde nuestro rol como sujetos de derecho, venimos construyendo propuestas para fortalecer la consulta y recuperar su esencia como instrumento para la protección de territorios y la vida de nuestros pueblos. Así, se vienen construyendo los denominados protocolos autónomos de consulta previa. Estos surgen como propuestas para fortalecer el diálogo intercultural y ponen a disposición las formas y condiciones en las que se toman decisiones en los pueblos indígenas para ser implementadas en los procesos de consulta con el Estado, con el objetivo de obtener nuestro consentimiento como pueblos indígenas.
Un punto de partida para asegurar el fortalecimiento del derecho a la consulta es asegurar el territorio indígena mediante medidas efectivas de saneamiento físico legal, y caminar hacia el reconocimiento de los territorios integrales. Con ello, se abren caminos para asegurar el ejercicio de los derechos que complementan la gestión de nuestras vidas.
Sin embargo, vienen surgiendo peligros como el aumento de carreteras sin consulta previa, y con ellas, amenazas a nuestros pueblos y a la vida de nuestros defensores y defensoras indígenas. Frente a ello, un segundo paso es superar la excepción de consulta sobre servicios públicos que ha sido corregida por la sentencia AP 29126. Durante casi 10 años, el Reglamento de la Ley de Consulta Previa permitía que proyectos como carreteras o hidrovías no pasen por consulta, sin considerar los múltiples impactos que pueden causar. Esta sentencia es un triunfo de AIDESEP y sus bases, y debe ser difundida a nivel nacional porque, además, insta al Estado a respetar 14 estándares internacionales, en la línea de recordar que este derecho tiene por objetivo obtener el consentimiento pleno, libre e informado.
Finalmente, para recuperar el carácter político es necesario escuchar a los propios pueblos y evaluar los 10 años de la Ley de Consulta Previa en nuestro país. Debemos incorporar los aprendizajes, fortaleciendo, por ejemplo, el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos de consulta previa. Y, a la luz del avance de protocolos autónomos indígenas, ver cómo incorporarlos en la práctica del Estado, como herramientas metodológicas y políticas que fortalecen la legitimidad de los procesos.
Es, siempre, necesario recordar que la consulta previa es una expresión del derecho que tenemos los pueblos indígenas de construir nuestro futuro con respeto a nuestras culturas. Así, el carácter político evidencia una relación entre autodeterminación, consentimiento y consulta previa, que debemos recuperar. La consulta previa no es una traba para las inversiones, así como los pueblos indígenas no nos oponemos al desarrollo y a la inversión. La consulta previa es un deber del Estado como parte de la deuda histórica con los pueblos indígenas, y es una oportunidad para construir rutas diferentes para un desarrollo sostenible y equitativo que nos incluya.
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