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Política

Alejandro Toledo a un paso más cerca de su extradición

Magistrado Thomas S. Hixson declaró que hay “causa probable” para la repatriación del expresidente Toledo al Perú y sea procesado en el caso Odebrecht.

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El magistrado de la Corte del Distrito Norte de California, Thomas S. Hixson, ha resuelto este martes por la tarde que existe “causa probable” para la extradición de Alejandro Toledo al Perú, aproximándolo más a su retorno para que enfrente a los tribunales de nuestro país.

En otras palabras, el juez ha estimado que existen sufiencientes elementos de peso para que el acusado expresidente sea juzgado por la justicia peruana. Además, tras decidir, Hixson informará de su resolución a la Secretaría de Estado de su país para que se continúe con el trámite de la extradición.

La República accedió a las conclusiones a las que llegó el juez para determinar que es viable la repatriación de Toledo, aceptando en parte la postura de la fiscal norteamericana Rebecca Haciski y desestimando por otro lado el del exmandatario, representado por el abogado Graham Archer.

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Hixson respalda, por ejemplo, los sostenido por la fiscal Haciski en audiencia: que la licitación de la carretera Interoceánica Sur (tramos 2 y 3) tardó seis meses como una irregularidad cuando proyectos similares solían tardar entre 1 o 2 años, lo que denotaba una premura para otorgar el proyecto a Odebrecht.

Asimismo, el juez indicó que si bien existen imprecisiones en lo dicho por Jorge Barata en cuanto a las reuniones que hubo en 2004 en Brasil, donde se pactó la coima de US$35 millones a Toledo, ello “no implica rechazar el resto de su testimonio sobre el hecho del acuerdo, sus términos, y que Toledo demostró que efectivamente era la contraparte del mismo cuando luego exigió los pagos”.

La “causa probable” prevalece

Otro de los hechos que identificó el juez, tal como expuso Graham Archer, fueron las inconsistencias entre las versiones de Barata y Maiman con respecto a las reuniones entre los involucrados.

Sin embargo, Hixson aclara que “estas cuestiones no invalidan la causa probable para creer que Toledo cometió colusión y lavado de dinero”, pues estos temas de fondo (“de hecho”, como indica la resolución) solo pueden ser discutidas por las autoridades peruanas.

Barata sustenta la imputación por colusión, mientras que la de Maiman los cargos por lavado de activos.

Alejandro Toledo argumentaba a su vez que solo US$500.000 provenientes de Odebrecht llegaron directamente a sus cuentas bancarias, pero los datos sobre los US$21 millones que fueron direccionados a su exjefe de seguridad Avraham Dan On, los US$17.5 millones a su suegra y otros US$4.5 millones para comprar bienes a su nombre, manifiesta el juez, “es suficiente para una causa probable”.

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En síntesis, la evidencia (causa probable) de que Toledo haya cometido colusión y lavado de activos, tal como lo postula el fiscal José Domingo Pérez en su acusación de 20 años y medio de prisión contra el expresidente, es lo suficientemente fuerte para extraditarlo. Eso es lo que ha dicho el juez en su resolución.

Una vez que se envíe esta decisión del juez a la Secretaría de Estado de EE.UU., Toledo puede presentar un recurso de hábeas corpus en dicho país con el efecto de retrasar el curso de su extradición.

Elementos descartados

Buena parte de lo esbozado por la defensa de Alejandro Toledo terminó siendo rechazado por el juez Thomas S. Hixson. Entre ellas el “acuerdo de nominación” entre la empresa Ecoteva y Merhav en la que Toledo atribuye, nuevamente, que Ecoteva (cuya propietaria era su suegra Eva Fernenbug) estaba controlada por Merhav (de Josef Maiman).

Como ello ya había sido aclarado por Maiman en su colaboración eficaz de que Toledo era realmente el beneficiario final, fue desestimado.

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Hixson también rechazó la postura de que Maiman se benefició del dinero recibido de Odebrecht y Camargo Correa porque “contradice la postura del Gobierno, no la explica”. También fueron rechazadas las 2.195 páginas de documentos financieros certificados por la notaria Caitlin Costello que probarían una ruta alternativa del dinero que recibió Toledo de Odebrecht.

El juez no lo admitió porque el abogado del expresidente persistía en que “otra persona cometió los supuestos delitos” atribuidos en su contra y que no se especificó qué datos son nuevos y cuáles no de lo presentado en la solicitud de extradición. Eso no es tarea del juez, precisó Hixson.

Por otra parte, Hixson valoró para su decisión final la acusación fiscal íntegra que presentó en agosto de 2020 el fiscal José Domingo Pérez y que contienen las declaraciones de Jorge Barata y Josef Maiman, los principales delatores del caso contra Toledo; la prueba anticipada ofrecida por Josef Maiman ante el equipo especial Lava Jato en enero de 2020 y que brinda más detalles sobre el caso Interoceánica Sur (tramos 2 y 3); y los fragmentos de la declaración de Jorge Barata del 24 de abril de 2019

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