El juez Jorge Chávez Tamariz rechazó un pedido de la defensa del excandidato presidencial y líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, para que se anulen los peritajes contables sobre sus cuentas offshore.
La defensa de López Aliaga pretendía que el Poder Judicial declare la nulidad de las pericias que se vienen realizando desde el 2018 a sus ingresos y cuentas en el exterior, en una investigación por lavado de activos.
Señalaban que no se había cumplido el numeral 2 del artículo 177º del Código Procesal Penal que dice: “El perito de parte está facultado a presenciar las operaciones periciales del perito oficial, hacer las observaciones y dejar las constancias que su técnica les aconseje”.
Por lo tanto, pretendía la nulidad de las pericias realizadas y que todo se analice de nuevo. Luego de evaluar el caso, el juez denegó el pedido de López Aliaga.
Sin embargo, el juez sí dispuso que los fiscales de lavado de activos den todas las facilidades a los peritos de parte para que puedan realizar las observaciones y dejar constancia en las actas respectivas.
La participación de los peritos de parte en los peritajes oficiales se vienen discutiendo desde hace algunos meses, justamente de una primera resolución admitida por el juez Chávez Tamariz.
Para la Fiscalía, lo que busca la defensa es entorpecer los peritajes, pues ahora el peritaje se deberá analizar punto por punto con participación de los especialistas nombrados por el investigado y que estos realicen sus observaciones.
Anteriormente, el juez supremo instructor Hugo Núñez Julca rechazó un pedido similar de la defensa del ex fiscal supremo y exmagistrado del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Luis Arce Córdova para que los peritajes se realicen en mesa de trabajo con los peritos de parte.
Núñez señaló que los peritos de Arce Córdova sí habían tenido participación en el análisis pericial y si no estuvieron presentes en todas las sesiones de trabajo fue por negligencia.
Además, sostiene que el perito oficial para desarrollar su trabajo no puede estar sujeto al tiempo libre o la agenda del perito de parte, más aún cuando el fiscal establece un periodo de tiempo para que se emitan los informes contable-financieros.
El juez Hugo Núñez estableció que de acuerdo con la jurisprudencia, la pericia tiene dos fases. Una es la elaboración del informe pericial y otra es la declaración pericial.
Anota que la presencia o ausencia del perito de parte en la elaboración de las pericias no le confiere validez al informe pericial, pues el perito lo efectúa de acuerdo con método, técnica y experiencia.
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