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Política

JNE: partidos políticos deben presentar hasta el 12 de octubre sus reglamentos electorales

Las agrupaciones que deseen participar en los comicios generales del 2021 deberán precisar el número de postulantes, la modalidad de inscripción y cómo se llevará a cabo la elección, entre otras cuestiones.

larepublica.pe
El JNE indicó que se encuentra velando para que se lleve a cabo el proceso electoral correctamente en todas las etapas. Foto: Difusión.

El Jurado Nacional de Elecciones dio a conocer que los partidos políticos que cuenten con inscripción vigente tienen como fecha límite el 12 de octubre para presentar sus reglamentos electorales a fin de que puedan llevar a cabo sus comicios internos.

Conforme a un acuerdo del Pleno, el informe deberá ser entregado al Registro de Organizaciones Políticas (ROP), y en su contenido se deberán desarrollar las normas de democracia interna que indica la Ley de Organizaciones Políticas.

A fin de cumplir con lo estipulado por la Ley N° 31038, sobre la solución de controversia en sede jurisdiccional, fiscalización y elaboración de cronograma, competencias necesarias para las elecciones internas, el colegiado electoral solicitó contar con el reglamento.

De esta manera, el colegiado especificó que dicha normativa —establecida con cambios transitorios en la legislación electoral por la coyuntura sanitaria actual— determina una serie de reglas para los que deseen postularse a la presidencia, Congreso de la República o al Parlamento Andino, y el JNE debe estar al tanto del referido reglamento.

Reglas para los posibles candidatos

El Jurado Nacional de Elecciones precisó algunas de las reglas para la postulación de posibles candidatos de partidos a los comicios generales 2021: que se determine por la propia organización política el número de postulantes, así como la modalidad de inscripción, los requisitos y cómo se llevará a cabo la elección, si a través del voto de los afiliados o delegados.

Con todo ello el Pleno del JNE busca poner en práctica las medidas necesarias para que se lleve a cabo la correcta ejecución de esta fase inicial del proceso electoral, haciendo uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política, que le exige vigilar el cumplimiento de las leyes acerca de organizaciones políticas y otros aspectos relacionados a la campaña electoral.

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