Keiko Fujimori. Luego de ser recluida en el penal anexo de Mujeres de Chorrillos el pasado 28 de enero, el Poder Judicial decidió revocar, por segunda vez, la medida de prisión preventiva de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, investigada por los delitos de lavado de activos, falsedad genérica, fraude procesal, organización criminal, entre otros.
En efecto, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado resolvió este jueves cambiar la orden de 15 meses de prisión preventiva que pesaba en su contra por la de comparecencia restringida imponiendo cinco reglas de conducta para la ex candidata presidencial.
Entre estas se encuentra: el no ausentarse en la ciudad donde reside, comparecer cada 30 días en un Control Biométrico, asistir puntualmente a los requerimientos del Poder Judicial, evitar la comunicación con otros imputados del proceso y abonar una caución económica de S/ 70.000.
Pero ¿quiénes son los jueces que decidieron su excarcelación?
Cabe recordar que los magistrados Sonia Torres Muñoz, Rómulo Carcausto Calla y Edgar Medina Salas, integraron momentáneamente la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional, la cual evalúo y resolvió dejar al voto la apelación de la defensa de Keiko Fujimori.
Esta apelación para la liberación de Fujimori Higuchi tuvo dos votos a favor para convocar audiencia: la de Rómulo Carcausto y Sonia Torres. Siendo el voto discordante el del magistrado Edgar Medina Salas.
Sonia Torres y Rómulo Carcausto se sumaron a este tribunal, luego que los habituales integrantes de la Primera Sala de Apelaciones Nacional, Octavio Sahuanay Calsín e Iván Quispe Aucca decidieron apartarse de resolver dicha apelación, al considerar que ya tiene una posición definida sobre la investigación y prisión preventiva impuesta a Fujimori.
Asimismo, la apelación a la prisión preventiva de Keiko Fujimori, fue aceptada a trámite y programada a audiencia por la misma Sala Penal que este jueves resolvió la segunda excarcelar a la lideresa fujimorista.
Es así que la resolución N° 81 establece: “Ordenar la libertad de la investigada Keiko Sofía Fujimori Higuchi, oficiándose a quienes corresponda para su inmediata excarcelación, siempre y cuando no registre otro mandato de prisión preventiva mandato de detención, o condena a pena privativa de libertad efectiva, dictado por una autoridad competente”.
Anteriormente, fue el juez Richard Concepción Carhuancho quien se inhibió de evaluar el pedido de cese de prisión preventiva presentado por Keiko Fujimori.
Concepción Carhuancho comunicó su decisión en una audiencia virtual asegurando que no podía intervenir en este caso, teniendo en cuenta que la abogada defensora Giuliana Loza lo había recusado anteriormente.
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Por otra parte, entre los argumentos para la liberación de Keiko Fujimori, los jueces mencionan la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) al sostener que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento en los sistemas penitenciarios, que incluya la “reevaluación de los casos de prisión preventiva”.
“En consecuencia, revocar la resolución N° 56 que resolvió declarar fundamento el requerimiento fiscal y ordenó prisión preventiva contra la precitada investigada, por el plazo de quince meses, en la investigación que se le sigue por el delito de lavado de activos agravado por organización criminal y obstrucción a la justicia, reformándola, imponemos a la investigada Keiko Fujimori mandato de comparecencia restringida”, se lee en la resolución que liberó a la hija de Alberto Fujimori.
El 28 de enero del 2020, el Poder Judicial dictó 15 meses de prisión preventiva contra Keiko Fujimori, luego de que el magistrado Víctor Zuñiga Urday encontrara diversos elementos de convicción que configuran “sospecha grave” para determinar dicha medida en su contra.
La lideresa del fujimorismo volverá a salir del penal anexo de Mujeres de Chorrillos, luego de que ya lo hizo el pasado 29 de noviembre del 2019 tras la decisión del Tribunal Constitucional de declarar fundado un hábeas corpus a su favor.
Rafael Vela Foto: EFE
El fiscal coordinador del equipo especial Lava Jato, Rafael Vela, mostró su desacuerdo con la decisión del Poder Judicial de liberar a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, quien aún es investigada por el Ministerio Público.
“Esta es una decisión de carácter ilegal que ha sido arbitraria, carente de imparcialidad y transparencia por el procedimiento de como es que se ha llegado a tomar la decisión de la señora Keiko Fujimori sin haberle permitido al Ministerio Público la posición institucional que es la que corresponde a la sostenibilidad de la medida en su momento”, manifestó Vela este viernes en Canal N.
Por otra parte, el fiscal aseguró que existen “incongruencia e incoherencias” en el trámite de la apelación de la defensa de Keiko Fujimori pues el Ministerio Público ya había justificado que esta era “extemporánea e inadmisible”.
“Este proceso es el que nos resulta llamativo ya que no reconoce los derechos procesales del Ministerio Público. Esto es sumamente grave", expresó.