El 29 de junio es feriado nacional por el Día de San Pedro y San Pablo. Pero si te toca trabajar ten en cuenta que, de acuerdo a ley, deben remunerarte así…, El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó que conforme al artículo 9 del Decreto Legislativo 713 - Ley de Descansos Remunerados, este 29 de junio los trabajadores públicos y privados tienen que recibir hasta tres veces su pago diario. A nivel nacional, ese día se celebra el Día de San Pedro y San Pablo y, a pesar que el Gobierno decretó feriado largo desde esa fecha hasta el 2 de julio, habrán personas que trabajarán con normalidad. PUEDES VER Ministerio de Trabajo aclara si este viernes 30 de junio será día no laborable Por ejemplo, si el empleado gana S/100 al día, tiene derecho a percibir 3 remuneraciones; es decir, 100 por el feriado y 200 por trabajar ese día. Cabe anotar que esta norma aplica cuando la persona no acuerda con su empleador a venir a laborar otro día. El gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala, precisa que si el jueves 29 es su día de descanso, solo recibirá 100 soles por el descanso semanal y no por el feriado. Pero, ¿cómo será para los que laboran el 30 de junio? Este día ha sido declarado como no laborable para el sector público y por lo tanto los que pertenezcan a ese ámbito tendrán que compensar el día cuando lo establezca la entidad. El feriado largo fue dispuesto por el Gobierno para fomentar el turismo en el país. El próximo feriado largo será del jueves 27 de julio al domingo 30 por Fiestas Patrias.