
Julio es uno de los meses con más días de descanso oficial en el calendario laboral peruano. Este 2025, además de las tradicionales Fiestas Patrias del 28 y 29 de julio, el miércoles 23 también se suma como feriado nacional obligatorio.
Sin embargo, no todos los días de la semana serán feriados para todos los peruanos: el jueves 24 y el viernes 25 no aplican a nivel nacional, sino únicamente en una jurisdicción específica del interior del país.
Desde este año, gracias a la Ley N.° 31822, el 23 de julio ha sido incorporado como feriado nacional en conmemoración del Día de la Fuerza Aérea del Perú, en honor al héroe José Abelardo Quiñones. Esta fecha se suma a los ya conocidos 28 y 29 de julio, correspondientes al Día de la Independencia del Perú y al Día de las Fuerzas Armadas, respectivamente.
En los tres casos, al tratarse de feriados nacionales, si un trabajador del sector público o privado labora en cualquiera de esos días y no recibe descanso sustitutorio, tiene derecho a una remuneración triple: su pago diario normal, más una indemnización por el feriado trabajado y una sobretasa del 100%.
Por ejemplo, si un trabajador con sueldo mensual de S/2.100 (promedio en Lima, según el INEI) trabaja uno de esos feriados sin descanso compensatorio, podría recibir hasta S/210 adicionales ese día.
Aunque algunos calendarios propusieron que esta semana sería un “feriado largo” de cinco días, la verdad es que sólo los trabajadores de La Convención disfrutarán de un descanso continuo entre el miércoles 23 y el martes 29, salvo que haya convenios específicos en otras regiones o empresas privadas.
En el resto del país, el descanso se interrumpe el jueves 24 y viernes 25, ya que se trabajan de forma regular, según lo establecido por el Ejecutivo.
En redes sociales ha circulado la versión de que el jueves 24 y el viernes 25 serían feriados adicionales. Sin embargo, esto es falso para la mayoría del país. Esos dos días solo han sido declarados no laborables en la provincia de La Convención (Cusco), por la celebración del 168.º aniversario de su creación política.
Este descanso excepcional, publicado en el diario El Peruano, solo aplica a trabajadores del sector público en esa provincia. En el caso del sector privado, puede acogerse de forma voluntaria, previo acuerdo entre empleador y trabajador, tal como sucede con otros días no laborables de carácter regional.
Por lo tanto, en el resto del país —incluyendo Lima Metropolitana— el jueves 24 y viernes 25 de julio son días laborables regulares y no generan derechos de pago adicional ni descanso obligatorio.

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